Sociedad Agrícola y Ganadera Acio Limitada
Instrumento
- Fecha
- 29 de marzo de 2021
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Condominio Punta Quillin, parcela 4, Lago Ranco
- Duración
- la duración será de 5 años contado desde esta fecha y se prorrogará tácitamente por periodos iguales y sucesivos de tres años cada uno. Responsabilidad: Limitada hasta concurrencia monto
Objeto social
La actividad ganadera, agrícola y forestal en general de toda clase de especies, comprendiendo en ella el cultivo, siembra, plantaciones, recolección o cosecha de frutos y su comercialización. Y otras actividades que los socios acuerden para el desarrollo del objeto y que digan relación con él. Administración y uso de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDAVID POZA MATUS, Notario Suplente del Titular don LUIS POZA MALDONADO, Notario de Santiago, con Oficio en Avenida Vitacura 6844 Vitacura, certifica: Por escritura de hoy ante mí, Luis Alberto Castillo Carmona, C.I 7.014.714-9 e Isabel Ovalle Rivera, C.I 8.524.123-0, ambos domiciliados en calle Iguazú 5869, Vitacura, constituyeron Sociedad Responsabilidad Limitada. Nombre: Sociedad Agrícola y Ganadera Acio Limitada o “Agrícola y Ganadera ACIO LTDA.”. Domicilio: Condominio Punta Quillin, parcela 4, Lago Ranco, sin perjuicio de agencias o sucursales en otros puntos del territorio nacional o extranjero. Objeto: La actividad ganadera, agrícola y forestal en general de toda clase de especies, comprendiendo en ella el cultivo, siembra, plantaciones, recolección o cosecha de frutos y su comercialización. Y otras actividades que los socios acuerden para el desarrollo del objeto y que digan relación con él. Administración y uso de Razón Social: La representación y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios indistintamente, quienes actuando separada, independiente e indistintamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Capital: $1.000.000; Luis Alberto Castillo Carmona $500.00.- efectivo, este acto, 50%; Isabel Ovalle Rivera $500.00.- efectivo, este acto, 50%. Plazo: la duración será de 5 años contado desde esta fecha y se prorrogará tácitamente por periodos iguales y sucesivos de tres años cada uno. Responsabilidad: Limitada hasta concurrencia monto capital.- Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 29 DE MARZO DE 2021.