Instrumento
- Notario
- Jorge Carvallo Velasco
- Oficio
- Segunda Notaria de Santa Cruz
- Comuna
- Santa Cruz
Sociedad
- Domicilio
- Comuna de Santa Cruz
Objeto social
A) Adquisición, arrendamiento o explotación a cualquier tipo de bienes raíces urbanos o rurales, pudiendo la sociedad dividir los predios en loteos, parcelaciones o subdivisiones, urbanizar inmuebles que adquiera y enajenarlos en lotes, hijuelas o sitios, construirlos por cuenta propia o ajena, administrarlos, arrendarlos o enajenarlos, en general desarrollar todos los actos u negocios relacionados con la explotación de bienes raíces. B) Invertir toda clase bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, acciones, bonos, deventures, cuotas de fondos mutuos, pagares, títulos de deuda, derecho en sociedades y todo tipo de valores mobiliarios y efectos de comercio en general. Adquirirlos, enajenarlos, administrarlos y comercializarlos. C) El desarrollo de todo tipo de actividad o elaboración agrícola, vitivinícola, frutícola, forestal o ganadera, agroindustrial, comercialización, distribución, compra y venta de todo tipo de productos provenientes de dichas actividades, insumos y equipos agrícolas por cuenta propia o ajena. D) La explotación de maquinarias y)o prestación de servicios agrícolas de todo tipo. F) La adquisición, uso y explotación de instalaciones agrícolas, agroindustriales de cualquier índole, sean plantas de secado y almacenaje, frigorífico, cámara de frío, galpones, bodegas elaboradoras de vino, packing y otros. G) La explotación, elaboración, producción, compraventa y comercialización vitivinícola y de toda clase de alimentos y frutos ya sean de producción propia o ajena. H) La formación y participación en otras sociedades cuyo objeto diga o no relación con los de esta sociedad, y en general, celebrar toda clase de actos, contratos, negocios destinados directa o indirectamente al cumplimiento de los objetivos sociales, o cualquier otro ramo o giro relacionado o no que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Carvallo Velasco, Notario Público Titular Segunda Notaria de Santa Cruz, Claudio Cancino 60, Pasaje Marcel, certifico: Que por escritura pública, hoy ante mí, don Sergio Andrés Vargas Tobar constituyó sociedad por acciones. Nombre: “AGRICOLA Y COMERCIAL DEL VALLE SpA.” Objeto: A) Adquisición, arrendamiento o explotación a cualquier tipo de bienes raíces urbanos o rurales, pudiendo la sociedad dividir los predios en loteos, parcelaciones o subdivisiones, urbanizar inmuebles que adquiera y enajenarlos en lotes, hijuelas o sitios, construirlos por cuenta propia o ajena, administrarlos, arrendarlos o enajenarlos, en general desarrollar todos los actos u negocios relacionados con la explotación de bienes raíces. B) Invertir toda clase bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, acciones, bonos, deventures, cuotas de fondos mutuos, pagares, títulos de deuda, derecho en sociedades y todo tipo de valores mobiliarios y efectos de comercio en general. Adquirirlos, enajenarlos, administrarlos y comercializarlos. C) El desarrollo de todo tipo de actividad o elaboración agrícola, vitivinícola, frutícola, forestal o ganadera, agroindustrial, comercialización, distribución, compra y venta de todo tipo de productos provenientes de dichas actividades, insumos y equipos agrícolas por cuenta propia o ajena. D) La explotación de maquinarias y/o prestación de servicios agrícolas de todo tipo. F) La adquisición, uso y explotación de instalaciones agrícolas, agroindustriales de cualquier índole, sean plantas de secado y almacenaje, frigorífico, cámara de frío, galpones, bodegas elaboradoras de vino, packing y otros. G) La explotación, elaboración, producción, compraventa y comercialización vitivinícola y de toda clase de alimentos y frutos ya sean de producción propia o ajena. H) La formación y participación en otras sociedades cuyo objeto diga o no relación con los de esta sociedad, y en general, celebrar toda clase de actos, contratos, negocios destinados directa o indirectamente al cumplimiento de los objetivos sociales, o cualquier otro ramo o giro relacionado o no que los socios acuerden.- Capital: tres millones de pesos, dividido en mil acciones, nominativas, de una única serie y sin valor nominal las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos.- Domicilio: Comuna de Santa Cruz, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero.- Santa Cruz, 18 de marzo de dos mil veintiuno. Doy Fe.