CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

VILLARROEL & VARGAS ABOGADOS LIMITADA

CVE 1920589
Fecha instrumento
22 de marzo de 2021
Notaría
Providencia
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de marzo de 2021
Repertorio
1468/2021
Comuna
Providencia

Sociedad

Domicilio
ciudad de Santiago de Chile; administración y el uso de la razón social corresponderá a don Patricio Andrés Villarroel Carvallo y a don Diego Antonio Vargas Díaz, quienes podrán actuar separada o conjuntamente
Duración
El plazo de duración de la sociedad será de cinco años contados desde el 22 de marzo de 2021, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos de dos años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses a la fecha de término

Objeto social

la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 22 de marzo de 2021, ante mí, Repertorio 1468/2021: don PATRICIO ANDRÉS VILLARROEL CARVALLO, domiciliado en calle Huanhualí número ochocientos noventa y cuatro, comuna de La Serena, Región de Coquimbo; y don DIEGO ANTONIO VARGAS DÍAZ, domiciliado en calle Lo Arcaya número mil setecientos cincuenta y cuatro, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto respectivos aportes; razón social: “VILLARROEL & VARGAS ABOGADOS LIMITADA” nombre de fantasía “V & V ABOGADOS LTDA.”; objeto: la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; capital: un millón de pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) Patricio Andrés Villarroel Carvallo, la cantidad de quinientos mil pesos que corresponden al cincuenta por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía, que paga al contado y en dinero efectivo en este acto; y, b) Diego Antonio Vargas Díaz, la cantidad de quinientos mil pesos que corresponden al cincuenta por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía, que paga al contado y en dinero efectivo en este acto; duración: El plazo de duración de la sociedad será de cinco años contados desde el 22 de marzo de 2021, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos de dos años, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos seis meses a la fecha de término; domicilio: ciudad de Santiago de Chile; administración y el uso de la razón social corresponderá a don Patricio Andrés Villarroel Carvallo y a don Diego Antonio Vargas Díaz, quienes podrán actuar separada o conjuntamente.- Santiago, 22 de marzo de 2021.- cr