INVERSIONES ESTERO GRANDE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de febrero de 2021
- Repertorio
- 2953-2021
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Titular de la 33 Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos número 979, oficina 501, de la comuna de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 10 de Febrero del año 2021, Repertorio N° 2.953-2021, ante mí, doña María Francisca Álamos Irarrázaval, chilena, casada y separada de bienes, diseñadora, cédula de identidad Nº10.670.339-6 y don Jorge Eduardo Eyzaguirre Baraona, chileno, casado y separado de bienes, administrador agrícola, cédula de identidad Nº10.476.221-2, ambos domiciliados en Avenida El Golf de Manquehue Nº 9.755, casa 21, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron la sociedad INVERSIONES ESTERO GRANDE LIMITADA, inscrita a fojas 63.812 número 4.114 del Registro de Propiedad del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el sentido de modificar la cláusula segunda de los estatutos sociales, referida al objeto o giro social, reemplazándola por la siguiente “Artículo Segundo: El objeto de la Sociedad será: a) La compra, venta, arrendamiento o inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones, bonos, debentures u otros documentos mercantiles de cualquier naturaleza, asesorías y prestación de servicios humanos, administración, marketing y diversas tecnologías; b) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o madera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena, servicios de embalaje, y de asesoría a productores, y la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; realizar inversiones de toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir frutos o rentas, y, en general, cualquiera otros negocios, que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos; c) Compra, venta y crianza de todo tipo de animales de cualquier especie, así como sus complementos y alimentación; d) La compra, venta, comercialización y distribución de equipos, maquinarias, vehículos, tractores, herramientas, animales y demás implementos de la actividad agrícola, sea mediante la compra y venta o la representación de otras empresas fabricantes o distribuidores, y la importación y exportación por cuenta propia o de terceros los productos y especie señalados en los puntos precedentes. Para estos efectos la sociedad podrá adquirir, conservar, vender, enajenar y negociar en cualquier forma y a cualquier título, toda clase de bienes muebles e inmuebles, acciones, bonos, debentures, valores mobiliarios, títulos de crédito de cualquier tipo, así como la realización de toda clase de negocios, actos y contratos conducentes a los fines enunciados; y, e) La realización de las operaciones de corretaje de valores, incluida la compra o venta de valores por cuenta propia con ánimo de transferir derechos sobre los mismos y las actividades complementarias que le sean autorizadas por la Superintendencia de Valores y Seguros para lo cual podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y operaciones propias de los Intermediarios de valores de acuerdo a las normas vigentes o a las que se pongan en vigencia en el futuro; y, f) Cualquier otro negocio que acordaren los socios y que tenga relación con el giro social.”. En lo no modificado se mantienen íntegramente vigentes a los estatutos sociales. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 30 de marzo de 2021.