DIGITAL INGENIERÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de marzo de 2021
- Notario
- RODRIGO SANHUEZA RIOS
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $5.500.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO SANHUEZA RIOS, Notario Público de Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio en Arturo Prat 770, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de marzo de 2021, otorgada ante mí, Rep. Nº 1108, don CÉSAR ORLANDO CEA NAVARRETE, domiciliado en Betania Nº 352, San Andrés, comuna de Temuco, doña SARA ALEJANDRA ZURITA INOSTROZA, domiciliada en Betania Nº 352, San Andrés, comuna de Temuco y don VÍCTOR ALEJANDRO MATTEI GARCÍA, domiciliado en Urano Nº 0210, Villa Galicia, comuna de Temuco, modificaron sociedad comercial constituida por escritura pública de fecha 31 de mayo del año 2011, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Juan Antonio Loyola Opazo, cuya razón social es “DIGITAL INGENIERÍA LIMITADA”, RUT Nº 76.171.938-6, cuyo extracto se inscribió a fojas 1094 vta. Bajo el Nº1012 del Registro de Comercio del Primer Conservador de Temuco del año 2011, y fue publicado en el Diario Oficial en su edición Nº 39.993 con fecha 23 de junio del año 2011 y cuyo Capital asciende a $5.500.000.- La modificación consiste en: 1) Don CÉSAR ORLANDO CEA NAVARRETE, vende, cede y transfiere el 99% de sus derechos sociales a doña SARA ALEJANDRA ZURITA INOSTROZA, quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión de los derechos sociales es de $1.000.000, la compradora paga el precio con anterioridad a este acto. 2) Don CÉSAR ORLANDO CEA NAVARRETE, vende, cede y transfiere el 1% de sus derechos sociales a don VÍCTOR ALEJANDRO MATTEI GARCÍA, quien compra, adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión de los derechos sociales es de $500.000, el comprador paga el precio con anterioridad a este acto. 3) Como consecuencia de las cesiones antes descritas, se retira de la sociedad CÉSAR ORLANDO CEA NAVARRETE. 4) La administración y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a doña SARA ALEJANDRA ZURITA INOSTROZA, quien anteponiendo la razón social a su firma administrará y representará a la sociedad con las mismas facultades enunciada en el pacto social original. En todo lo no modificado continúan vigentes íntegramente las cláusulas del pacto social original. TEMUCO, 29 de Marzo de 2021.