MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Centro de Estudios Clínicos SAGA SpA

RUT 77074304-4 CVE 1921041
Capital
$12.000 CLP
Fecha instrumento
12 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de septiembre de 2019
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$12.000 CLP
Ley aplicable
Ley N° 19.499

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
UR Partner Chile SpA accionista 77006671-4
Sociedad Inmobiliaria Tucapel Limitada socio 77066735-6
Asesorías Ngen Limitada socio 77051906-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular 38° Notaría de Santiago, Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifico: Con fecha 4 de marzo de 2020, se redujo a escritura pública ante mí, la Segunda Junta Extraordinaria de Accionistas de Centro de Estudios Clínicos SAGA SpA, sociedad constituida por escritura pública de fecha 12 de septiembre de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Rieutord Alvarado, cuyo extracto se inscribió a fojas 76.739 N° 37.691, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 30 de septiembre de 2019, Junta en la cual los accionistas: UR Partner Chile SpA, RUT N° 77.006.671-4; Inversiones M&S SpA, RUT N° 77.066889-1; Sociedad Inmobiliaria Tucapel Limitada, RUT N° 77.066.735-6 y Asesorías Ngen Limitada, RUT N° 77.051.906-3, de conformidad a la Ley N° 19.499, sanearon los vicios de nulidad de la modificación social contenida en el acta de la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada el cinco de agosto de dos mil veinte, , por la cual se aumentó el capital desde la suma de $12.000.000 a la suma de $112.000.000, mediante la emisión de 1.000 acciones especiales de la Serie B, que se suscribirán y pagarán en un plazo de 3 años desde su emisión, la cual fue reducida a escritura pública con fecha veinte de agosto de dos mil veinte, en esta misma Notaría. Los vicios de nulidad son la falta de inscripción oportuna en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y la falta de publicación oportuna en el Diario Oficial del extracto de la referida modificación. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 30 de marzo de 2021.