Instrumento
- Fecha
- 3 de marzo de 2021
- Repertorio
- 66-2021
- Comuna
- Cochrane
Sociedad
- Capital
- $162.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Objeto social
a) La adquisición, compra, venta, enajenación, construcción, loteo, urbanización, corretaje, comercialización, explotación, arrendamiento, subarrendamiento en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, sea por cuenta propia o de terceros, así como el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios, hoteleros, loteos y urbanizaciones, y la explotación, operación y administración directa o indirecta de dichas inversiones; y en especial la operación y administración de hoteles, cabañas turísticas, lodges de pesca, centros de terapia y servicios de hotelería y alimentación en general; b) La prestación de servicios turísticos y deportivos asociados a la pesca con mosca y actividades de trekking, cabalgatas y en general actividades deportivas al aire libre. c) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios relacionados con lo anterior, en especial en el rubro hotelero, el desarrollo de franquicias, pudiendo formar parte de toda clase de sociedades cuyo objeto se relacione en alguna forma con el presente giro o coadyuve a su realización. Todo lo anterior por cuenta propia o ajena; d) La inversión en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHÉCTOR FERNANDO CÁCERES HUBE, abogado, Titular de la Notaría de Cochrane, con oficio en Avenida Bernardo O ´Higgins N°437-B de la comuna y ciudad de Cochrane, CERTIFICA: Que por escritura pública de hoy, otorgada ante mí, Repertorio Nº 66-2021, don STÉPHANE JEAN - JACQUES CLAUDE DARTOIS y doña ALEXANDRA CHARLOTTE RENÉE DARTOIS, constituyeron una Sociedad por Acciones de cuyos Estatutos se extracta: NOMBRE: “MANZANO BAKER INVERSIONES SpA”. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro o fuera del país. OBJETO: a) La adquisición, compra, venta, enajenación, construcción, loteo, urbanización, corretaje, comercialización, explotación, arrendamiento, subarrendamiento en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles, rústicos o urbanos, sea por cuenta propia o de terceros, así como el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios, hoteleros, loteos y urbanizaciones, y la explotación, operación y administración directa o indirecta de dichas inversiones; y en especial la operación y administración de hoteles, cabañas turísticas, lodges de pesca, centros de terapia y servicios de hotelería y alimentación en general; b) La prestación de servicios turísticos y deportivos asociados a la pesca con mosca y actividades de trekking, cabalgatas y en general actividades deportivas al aire libre. c) La prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios relacionados con lo anterior, en especial en el rubro hotelero, el desarrollo de franquicias, pudiendo formar parte de toda clase de sociedades cuyo objeto se relacione en alguna forma con el presente giro o coadyuve a su realización. Todo lo anterior por cuenta propia o ajena; d) La inversión en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. CAPITAL: $162.000.000.- dividido en 1.000.- acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas por los accionistas constituyentes, en partes iguales, esto es 500.- acciones cada uno, monto que enterará y pagará, al contado y en dinero efectivo, dentro del plazo máximo de tres años contados desde esta fecha. De esta forma el capital social ha sido íntegramente suscrito por los accionistas fundadores y se encuentra pendiente de pago en su totalidad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Cochrane, 3 de Marzo de 2021.