SUPER DK JAPAN IMPORT EXPORT LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de marzo de 2015
- Notario
- RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA
- Domicilio
- Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 41129 del 11 de abril de 2015
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Notario Público Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Iquique, A. Pinto 555, certifico que, por escritura pública hoy ante mi, YOUNIS MOHAMMAD; IRFAN ALI; y ZESHAN AHMAD, todos Sagasca 2146, depto. 23, Iquique, modifican sociedad SUPER DK JAPAN IMPORT EXPORT LIMITADA, constituida escritura pública 31/03/2015, otorgada Notario Público Iquique MONICA VENEGAS DE LA FUENTE, Suplente Titular MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, inscrita fjs. 550 vta., Nº 441, Registro Comercio Iquique 2015, Conservador Iquique, debidamente publicada Diario Oficial 41.129 11/04/2015, siguiente sentido YOUNIS MOHAMMAD, vende cede y transfiere 100% derechos sociales, equivalen 25% haber social, a IRFAN ALI. Consecuencia cesión social efectuada precedentemente, queda sociedad SUPER DK JAPAN IMPORT EXPORT LIMITADA O SUPER DAK JAPAN LTDA., ZESHAN AHMAD, participación social 50% haber total sociedad; y IRFAN ALI, una participación social 50% haber total sociedad. Actuales socios ratifican cláusula Cuarta pacto social primitivo, en el sentido que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a todos los socios en forma separada e indistintamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma la representará y obligara a la sociedad con las amplias facultades señaladas cláusula Cuarta pacto social primitivo. Socios modifican cláusula Tercera pacto social primitivo, en el sentido que se sustituye la actual razón social “SUPER DK JAPAN IMPORT EXPORT LIMITADA, sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá funcionar y actuar incluso en los bancos, con el nombre de fantasía de SUPER DAK JAPAN LTDA., por la siguiente: SUPER WORLD JAPON IMPORT. EXPORT. LIMITADA, sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá funcionar y actuar incluso en los bancos, con el nombre de fantasía de SUPER WORLD JAPON LTDA. Actuales socios vienen ampliar cláusula Segunda giro de la sociedad, en el sentido la importación, exportación, compraventa, comercialización y distribución de todo tipo de ropa nueva y/o usada y aparatos celulares y cualquier otra actividad que los socios acordaren en el futuro. En todo lo no modificado presente instrumento queda vigente pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Iquique, 12 de Febrero 2021.-