Inversiones Puertecillo Limitada
Instrumento
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| PABLO FLEISCHMANN CHADWICK | socio | 14166258-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, calle Huérfanos 941, local 302, pasaje Matte, certifica que por escritura pública de fecha 4 de marzo del 2021, otorgada ante mí, PABLO FLEISCHMANN CHADWICK, CI N°14.166.258-9, INVERSIONES POCURA 2011 LIMITADA, Rut N°76.172.237-9 e INVERSIONES PUELCHE LIMITADA Rut N°76.106.254-9, todos domiciliados en Av. El Golf Nº 82, piso 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; modificaron la sociedad "Inversiones Puertecillo Limitada", inscrita a fojas 74.324, Nº 35.680 Registro Comercio Santiago 2020, en los siguientes términos: a) como consecuencia de las cesiones de derechos que da cuenta escritura extractada, quedan como socios de la sociedad, “Inversiones Pocura 2011 Limitada” y don Pablo Fleischmann Chadwick en las proporciones de un 99% y de un 1%, respectivamente; b) Actuales socios sustituyeron Artículo Segundo de estatutos sociales por el que se extracta a continuación: “Artículo Segundo: El objeto de la sociedad es a) La adquisición, tenencia, administración y explotación de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, derechos sociales, valores mobiliarios e instrumentos de inversión, con miras a la percepción de sus frutos civiles o naturales, pudiendo para el cumplimiento de su objeto participar en otras personas jurídicas con las más amplias facultades; b) La adquisición, explotación, construcción, urbanización, loteo y comercialización de bienes raíces, y de sus frutos y productos, ya sea por cuenta propia o ajena; c) Adquirir, enajenar, explotar a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes corporales muebles e inmuebles; y d) La prestación de servicios de asesoría o consultoría en materias inmobiliarias, gestión de negocios e inversiones.”; y, c) Actuales socios sustituyeron Artículo Quinto de estatutos sociales por el que se extracta a continuación: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan en la proporción de un noventa y nueve por ciento “Inversiones Pocura 2011 Limitada”, y de un uno por ciento don Pablo Fleischmann Chadwick, el que se encuentra íntegramente enterado en dinero efectivo en caja social.”. En lo no modificado permanece plenamente vigente el estatuto social, especialmente lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Se facultó portador copia autorizada extracto para legalización. Luis Ignacio Manquehual Mery.- Santiago, 25 de marzo del 2021.- Luis Ignacio Manquehual Mery.- Notario Público.