CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Mawun SpA

RUT 17267802-5 CVE 1919116
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de marzo de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de marzo de 2021
Repertorio
11751
Notario
JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO
Oficio
Titular de la 19ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
Duración
La sociedad tendrá una duración de cinco años, prorrogables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la realización de toda clase de inversiones de capital con el ánimo de producir rentas, incluida la compra, venta, permuta, arrendamiento, enajenación, explotación y administración de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, acciones, opciones o promesas de acciones, derechos sociales, cuotas de capital, bonos, debentures, pagares, letras, títulos valores, efectos de comercio y otros valores mobiliarios, pudiendo participar, para estos efectos, en sociedades de cualquier naturaleza, asociaciones y comunidades de todo tipo. Administración y uso de

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAVIER IGNACIO HORMAZABAL COLLAO, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 19ª Notaria de Santiago, Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, con oficio en Bandera 341, oficina 352, certifico: Por escritura pública de fecha 19 de Marzo del 2021, bajo el Repertorio Nº 11.751, ante mí, Javiera Mercedes Bobadilla Orellana, cédula de identidad N° 17.267.802-5, abogada, Matías Salvador Bobadilla Orellana, cédula de identidad N° 18.928.990-1, abogado, Felipe Ignacio Mery Cardoza, cédula de identidad N° 17.680.990-6, cientista político, Antonia Mercedes Bobadilla Orellana, cédula de identidad N°20.470.249-7, estudiante, todos con domicilio en Las Clarisas N° 124, Las Condes, Región Metropolitana; quienes constituyen una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: “Inversiones Mawun SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la realización de toda clase de inversiones de capital con el ánimo de producir rentas, incluida la compra, venta, permuta, arrendamiento, enajenación, explotación y administración de todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales e incorporales, acciones, opciones o promesas de acciones, derechos sociales, cuotas de capital, bonos, debentures, pagares, letras, títulos valores, efectos de comercio y otros valores mobiliarios, pudiendo participar, para estos efectos, en sociedades de cualquier naturaleza, asociaciones y comunidades de todo tipo. Administración y uso de Razón Social: corresponderá a Javiera Mercedes Bobadilla Orellana y Matías Salvador Bobadilla Orellana, de forma conjunta o separada, indistintamente, quienes representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad con amplias facultades. Capital: $1.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: a) doña Javiera Mercedes Bobadilla Orellana, suscribió 250 acciones de la sociedad, por un valor de $250.000, las que paga con al contado y en dinero efectivo enterándolos en la caja social; b) doña Antonia Mercedes Bobadilla Orellana, suscribió 250 acciones de la sociedad, por un valor de $250.000, las que paga al contado y en dinero efectivo enterándolos en la caja social; c) Felipe Ignacio Mery Cardoza suscribió 250 acciones de la sociedad, por un valor de $250.000, las que paga con al contado y en dinero efectivo enterándolos en la caja social; y d) Matías Salvador Bobadilla Orellana, suscribió 250 acciones de la sociedad, por un valor de $250.000, las que paga con al contado y en dinero efectivo enterándolos en la caja social. Duración: La sociedad tendrá una duración de cinco años, prorrogables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años. Domicilio: Será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de marzo de 2021. JAVIER I. HORMAZABAL COLLAO.