CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES LADERAS SpA

CVE 1919177
Capital
$587.659.582 CLP
Fecha instrumento
24 de marzo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de marzo de 2021
Notario
RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP
Domicilio
Alberto Mozó Aguilar
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$587.659.582 CLP

Objeto social

la sociedad tendrá por objeto único la inversión en acciones y)o instrumentos de deuda de mediano o largo plazo, emitidos por la sociedad “INMOBILIARIA LADERAS SpA”, cuyo giro principal es la inversión de sus recursos en toda clase de activos inmobiliarios, orientado al desarrollo de un proyecto inmobiliario, para su posterior venta a terceros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Público suplente de Alberto Mozó Aguilar, 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifico: Por escritura pública, otorgada hoy, ante mí, la sociedad PROFIT GESTIÓN DE NEGOCIOS SpA, constituyó sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: Nombre: “INVERSIONES LADERAS SpA”. Objeto: la sociedad tendrá por objeto único la inversión en acciones y/o instrumentos de deuda de mediano o largo plazo, emitidos por la sociedad “INMOBILIARIA LADERAS SpA”, cuyo giro principal es la inversión de sus recursos en toda clase de activos inmobiliarios, orientado al desarrollo de un proyecto inmobiliario, para su posterior venta a terceros. Capital: $587.659.582, dividido en 20.001 acciones, todas nominativas y sin valor nominal, de las cuales 1 acción pertenece a la Serie A y 20.000 acciones corresponden a la Serie B, las cuales se suscriben y suscribirán, pagan y pagarán, de la siguiente forma: a) la sociedad PROFIT GESTIÓN DE NEGOCIOS SpA, suscribe 1 acción Serie A, que paga al contado y dinero en este acto, por un monto total de $29.382; b) las restantes 20.000 acciones de la Serie B, representativas de la suma de $587.630.200, quedan pendientes de suscripción y pago, pudiendo ser ofrecidas libremente por los Administradores de la Sociedad a terceros para su suscripción y pago, dentro del plazo máximo de 3 años a contar de esta fecha. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 24 de marzo 2021.