Instrumento
- Fecha
- 22 de marzo de 2021
- Repertorio
- 7414/2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
Objeto social
(a) la prestación de servicios en las distintas áreas de la odontología, por cuenta propia o de terceros, así como la prestación de cualquier otro servicio o asesoría relacionada con el área médica o la salud humana; (b) la realización de cualquier estudio, informe o proyecto investigativo que se vincule, directa o indirectamente, con el área de la salud humana; (c) la compra, venta, exportación, importación o celebración de cualquier acto jurídico relacionado con materiales, insumos y)o equipos médicos u odontológicos o con otros bienes de cualquier clase; (d) la participación en o la adjudicación de todo tipo de proyectos, fondos o licitaciones referidos a la investigación o prestación de servicios médicos u odontológicos promovidos por organismos de derecho público o privado, relacionados, directa o indirectamente, con el área de la salud; (e) la contratación para su personal o asesores de cualquier tipo de cursos, estudios, o capacitaciones en cualquiera instituto técnico o profesional, universidad u otra entidad educacional; (f) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos en sociedades de personas y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, tanto en Chile como en el extranjero; (g) formar, constituir, gestionar o integrar sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones, de cualquier naturaleza, para el adecuado desarrollo de los fines sociales; y (h) en general, todas aquellas actividades actos o contratos que estime convenientes o necesarios para el desarrollo de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Nº 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí con fecha 22 de marzo de 2021, Repertorio N° 7.414/2021, María Elisa Covarrubias Zabala, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “Cronos Salud SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago. Objeto: (a) la prestación de servicios en las distintas áreas de la odontología, por cuenta propia o de terceros, así como la prestación de cualquier otro servicio o asesoría relacionada con el área médica o la salud humana; (b) la realización de cualquier estudio, informe o proyecto investigativo que se vincule, directa o indirectamente, con el área de la salud humana; (c) la compra, venta, exportación, importación o celebración de cualquier acto jurídico relacionado con materiales, insumos y/o equipos médicos u odontológicos o con otros bienes de cualquier clase; (d) la participación en o la adjudicación de todo tipo de proyectos, fondos o licitaciones referidos a la investigación o prestación de servicios médicos u odontológicos promovidos por organismos de derecho público o privado, relacionados, directa o indirectamente, con el área de la salud; (e) la contratación para su personal o asesores de cualquier tipo de cursos, estudios, o capacitaciones en cualquiera instituto técnico o profesional, universidad u otra entidad educacional; (f) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, derechos en sociedades de personas y, en general, en toda clase de valores mobiliarios y títulos de crédito o de inversión, tanto en Chile como en el extranjero; (g) formar, constituir, gestionar o integrar sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones, de cualquier naturaleza, para el adecuado desarrollo de los fines sociales; y (h) en general, todas aquellas actividades actos o contratos que estime convenientes o necesarios para el desarrollo de su objeto. Capital: $1.000.000, dividido en 100 de acciones ordinarias, nominativas, de iguales características y sin valor nominal, las cuales se suscribieron y pagaron en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de marzo de 2021.