SOCIEDAD RAFAEL DE PABLO Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de marzo de 2021
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO
- Oficio
- Titular de la 10ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $577.034.895 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAINO AVELLO, Notario Público Suplente de la Titular de la 10ª Notaria de Santiago, Valeria Ronchera Flores, Agustinas N°1.235, segundo piso, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 16 de marzo de 2021, ante mí: don Rafael De Pablo Becerra, doña María Cristina Stevenson Cortés y don Rafael Alejandro De Pablo Stevenson, todos domiciliados para estos efectos en calle San Juan de la Luz N°4.940, oficina N°100, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana modificaron la sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD RAFAEL DE PABLO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, con extracto de constitución inscrito a fojas 26.083 Nº 21.246 del Registro de Comercio de Santiago del año 1994, en el siguiente sentido: 1) Aumentar el capital social de $31.300.000 a $577.034.895. El aumento de capital se distribuye y es o será aportado, enterado y pagado, en las proporciones que le corresponden a cada socio en las siguientes proporciones y forma: A/ con la capitalización, en este acto, y en las proporciones actuales de cada socio, del monto total acumulado de la cuenta denominada “Revalorización de Capital Propio”, según el Balance al treinta y uno de diciembre de dos mil veinte, ascendente a la suma de ciento veintinueve millones seiscientos mil trescientos setenta y seis pesos. B/ con la capitalización, en este acto, y en las proporciones actuales de cada socio, del monto total acumulado de la cuenta denominada “Resultados Acumulados”, según el Balance al treinta y uno de diciembre de dos mil veinte, ascendente a la suma de doscientos ochenta y dos millones cuatrocientos once mil novecientos cuarenta y un pesos. C/ con la capitalización, en este acto, y en las proporciones actuales de cada socio, del monto total acumulado de la cuenta denominada “Resultados del Ejercicio”, según el Balance al treinta y uno de diciembre de dos mil veinte, ascendente a la suma de ciento treinta y tres millones setecientos veintidós mil quinientos setenta y ocho pesos; tomando como base de todo lo anterior, las cifras al treinta y uno de diciembre de dos mil veinte, según el Balance auditado de la Sociedad. Así, $31.300.000 se encuentran íntegramente pagados con fecha anterior a esta escritura y $545.734.895 se pagan en este acto mediante la capitalización de las referidas cuentas “Revalorización de Capital Propio, “Resultados Acumulados” y “Resultados del Ejercicio”. 2) Al efecto, y en virtud del aumento de capital señalado, se sustituyó el artículo 5° del pacto social por el que se extracta: “Capital Social : $577.034.895, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: i) Rafael De Pablo Becerra, $192.354.631, equivalentes al 33,34% de los derechos sociales aproximadamente, de los cuales: a) $10.443.000 se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto y, b) $181.911.631 se pagan en este acto mediante la capitalización de las cuentas “Revalorización de Capital Propio”, “Resultados Acumulados” y “Resultados del Ejercicio”; ii) María Cristina Stevenson Cortés, $192.340.132, equivalentes al 33,33% de los derechos sociales aproximadamente, de los cuales: a) $10.428.500 se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto y, b) $181.911.632 se pagan en este acto mediante la capitalización de las cuentas “Revalorización de Capital Propio”, “Resultados Acumulados” y “Resultados del Ejercicio”; iii) Rafael Alejandro De Pablo Stevenson, $192.340.132, equivalentes al 33,33% de los derechos sociales aproximadamente, de los cuales: a) $10.428.500 se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto y, b) $181.911.632 se pagan en este acto mediante la capitalización de las cuentas “Revalorización de Capital Propio”, “Resultados Acumulados” y “Resultados del Ejercicio”. 3) En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 25 de Marzo de 2021.