CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones El Encanto Limitada

CVE 1918273
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de marzo de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de marzo de 2021
Repertorio
3424-2021
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
La sociedad durará 5 años a contar de esta fecha y se entenderá prorrogada tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante declaración hecha por escritura pública inscrita al margen de la inscripción social, con no menos de 6 meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo primitivo o de la prórroga en vigencia, según sea el caso. La no inscripción oportuna de dicha escritura, invalidará y dejará sin efecto la referida declaración

Objeto social

a) La realización, mantención, administración y eventual enajenación de todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, ya sea por cuenta propia o ajena; b) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento y cualquiera otra forma de explotación de toda clase de bienes raíces; c) La inversión en todo tipo de bienes y valores y, en particular, la adquisición y enajenación de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, acciones, bonos, debentures, derechos, cuotas, certificados de depósitos, etcétera y, en general, toda clase de valores mobiliarios y efectos de comercio; d) La formación y participación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; e) La prestación de todo tipo de asesorías y servicios; f) La construcción por cuenta propia o ajena de todo tipo de edificaciones; y g) En general, cualquier actividad relacionada con las anteriores o que sea necesaria para el cumplimiento del objeto social y que acuerden los socios, sin limitación alguna. Administración, representación y

Administración

corresponderá a RODOLFO ERRÁZURIZ MONTT, quien podrá ejercer las facultades indicadas en el pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, 7° Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1161, entrepiso, comuna y ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de marzo de 2021, Repertorio N° 3.424-2021, ante mí, RODOLFO ERRÁZURIZ MONTT, MARÍA IGNACIA GUZMÁN LE – BERT, y MARIA IGNACIA ERRÁZURIZ GUZMÁN, todos con domicilio en calle La Represa N° 4.998, casa 17, Lo Barnechea, Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada bajo razón social “INVERSIONES EL ENCANTO LIMITADA”, pudiendo funcionar comercialmente con el nombre de “EL ENCANTO LIMITADA”. Objeto: a) La realización, mantención, administración y eventual enajenación de todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, ya sea por cuenta propia o ajena; b) La adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento y cualquiera otra forma de explotación de toda clase de bienes raíces; c) La inversión en todo tipo de bienes y valores y, en particular, la adquisición y enajenación de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, acciones, bonos, debentures, derechos, cuotas, certificados de depósitos, etcétera y, en general, toda clase de valores mobiliarios y efectos de comercio; d) La formación y participación en toda clase de sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; e) La prestación de todo tipo de asesorías y servicios; f) La construcción por cuenta propia o ajena de todo tipo de edificaciones; y g) En general, cualquier actividad relacionada con las anteriores o que sea necesaria para el cumplimiento del objeto social y que acuerden los socios, sin limitación alguna. Administración, representación y uso de la razón social: corresponderá a RODOLFO ERRÁZURIZ MONTT, quien podrá ejercer las facultades indicadas en el pacto social. Capital: El capital social asciende a $1.000.000, que socios aportan en la siguiente forma: A) RODOLFO ERRÁZURIZ MONTT aporta la suma de $420.000, esto es, un 42% por ciento del interés social, que ingresa en este acto, en dinero efectivo, a la caja social; B) MARÍA IGNACIA GUZMÁN LE – BERT aporta la suma de $380.000, esto es, 38% por ciento del interés social, que ingresa en este acto, en dinero efectivo, a la caja social, y; C) MARÍA IGNACIA ERRÁZURIZ GUZMÁN aporta la suma de $200.000, esto es, un 20% por ciento del interés social, que ingresa en este acto, en dinero efectivo, a la caja social. La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad durará 5 años a contar de esta fecha y se entenderá prorrogada tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término mediante declaración hecha por escritura pública inscrita al margen de la inscripción social, con no menos de 6 meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo primitivo o de la prórroga en vigencia, según sea el caso. La no inscripción oportuna de dicha escritura, invalidará y dejará sin efecto la referida declaración. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en el país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador del presente extracto para su legalización. Santiago, 24 de marzo de 2021. MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ.