Inversiones Camino del Inca Limitada
Instrumento
- Fecha
- 3 de marzo de 2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica que: por escritura pública de fecha 3 de marzo de 2021, ante mí, don Jorge Felipe Ergas Heymann y Violeta SpA, ambos domiciliados en calle Alonso de Córdova N° 2860, piso 6, Vitacura, Santiago; y Brick SpA, domiciliada en Av. Vitacura 6844, piso 7, Vitacura, Santiago, modificaron la sociedad “Inversiones Camino del Inca Limitada”, inscrita a fojas 10.943 N° 7.677 del Registro de Comercio del conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012 en el siguiente sentido: 1) Dejar constancia de la disolución del socio Ever II HNS S.A por absorción de esta sociedad por parte de Inversiones Efo Limitada. 2) Dejar constancia de la posterior fusión por incorporación de Inversiones Efo Limitada en Inversiones Efo Dos SpA; y 3) Dejar constancia de la posterior fusión por incorporación de Inversiones Efo Dos SpA en Violeta SpA, adquiriendo en consecuencia esta última sociedad, los derechos que tenía Ever II HNS S.A. en Inversiones Camino del Inca Limitada. 4) En consecuencia, quedan como socios de Inversiones Camino del Inca Limitada, don Jorge Felipe Ergas Heymann, Violeta SpA y Brick SpA. 5) En consecuencia se modifica el Artículo Quinto del estatuto social, reemplazándolo por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital de la sociedad es la suma de $10.000, íntegramente aportado y enterado en la siguiente forma: A) BRICK SpA aporta la suma de $5.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, suma pagada íntegramente con anterioridad a esta fecha; B) VIOLETA SpA aporta la suma de $2.991, equivalentes al 29,91% de los derechos sociales, suma pagada íntegramente con anterioridad a esta fecha; y C) JORGE FELIPE ERGAS HEYMANN aporta la suma de $2.009, equivalentes al 20,09% de los derechos sociales, suma pagada íntegramente con anterioridad a esta fecha.”. Los socios declaran que mantienen la limitación de responsabilidad hasta el monto de sus aportes. En todo lo no modificado, rigen plenamente los estatutos de la sociedad. Santiago, 22 de marzo de 2021.