DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA BOBADILLA Y BARRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de marzo de 2021
- Notario
- CRISTOBAL DIAZ ACEVEDO
- Domicilio
- Titular Clovis Toro Campos
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad empezará a regir desde la fecha de la escritura extractada y tendrá una duración de un año, renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, tres meses antes del fin del respectivo periodo
Objeto social
la compra, venta, distribución y comercialización de huevos, lácteos, abarrotes y de otros alimentos, ya sea que se compren, vendan, distribuyan y)o comercialicen al por mayor o al por menor. Adicionalmente todo lo relacionado con la actividad en mención, servicios prestados a personas naturales o jurídicas en lo referente a dichas materias, además, celebración de cualquier acto, contrato, convenio o acuerdo que se relacione con los objetos sociales; adquirir, enajenar y celebrar cualquier acto jurídico cuyo objeto sean bienes muebles materiales o inmateriales que sean necesarios o convenientes para alcanzar los objetos sociales; la compra y venta de bienes muebles e inmuebles relacionados con el objeto de la sociedad; y en general llevar a cabo toda clase de operaciones mercantiles o civiles necesarias para dicho objeto; recibir y otorgar créditos o financiamientos en general, para el logro de los fines sociales; la explotación de cualquier negocio que conviniere a la sociedad; y todo aquello que los socios acuerden en la forma que estipule la ley
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTOBAL DIAZ ACEVEDO, Notario Público Suplente del Titular Clovis Toro Campos, de 13 Notaría Santiago, Compañía 1312, certifico: Por escritura pública de fecha 17 de marzo de 2021, ante mí, doña: Ximena del Carmen Bobadilla Saldaña, calle Pasaje Las Torres Nº 72, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana y de paso en ésta y doña: Daniela Margarita Barra Bobadilla; Pasaje Las Torres Nº 72, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana y de paso en ésta; constituyen “DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA BOBADILLA Y BARRA LIMITADA.” con el nombre de fantasía de “ELFI LTDA.”. Administración y uso de razón social corresponderá a socia Daniela Margarita Barra Bobadilla, con facultades en escritura que extracto. Capital: $2.000.000.-, aportados por Ximena del Carmen Bobadilla Saldaña con $1.000.000, equivalente al 50% del haber de la Sociedad y por Daniela Margarita Barra Bobadilla con $1.000.000.- equivalente al 50% del haber de la sociedad. Objeto: la compra, venta, distribución y comercialización de huevos, lácteos, abarrotes y de otros alimentos, ya sea que se compren, vendan, distribuyan y/o comercialicen al por mayor o al por menor. Adicionalmente todo lo relacionado con la actividad en mención, servicios prestados a personas naturales o jurídicas en lo referente a dichas materias, además, celebración de cualquier acto, contrato, convenio o acuerdo que se relacione con los objetos sociales; adquirir, enajenar y celebrar cualquier acto jurídico cuyo objeto sean bienes muebles materiales o inmateriales que sean necesarios o convenientes para alcanzar los objetos sociales; la compra y venta de bienes muebles e inmuebles relacionados con el objeto de la sociedad; y en general llevar a cabo toda clase de operaciones mercantiles o civiles necesarias para dicho objeto; recibir y otorgar créditos o financiamientos en general, para el logro de los fines sociales; la explotación de cualquier negocio que conviniere a la sociedad; y todo aquello que los socios acuerden en la forma que estipule la ley.- Duración: La sociedad empezará a regir desde la fecha de la escritura extractada y tendrá una duración de un año, renovable tácita y sucesivamente, por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social, con una anticipación de, a lo menos, tres meses antes del fin del respectivo periodo. Domicilio: la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país. Constituyentes limita su responsabilidad al monto de su respectivo aporte. Demás estipulaciones escritura que extracto. Santiago, 23 de Marzo de 2021.