Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2021
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, Santiago, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 18 de marzo de 2021, otorgada ante mí, la SOCIEDAD MEDICA ANDUEZA Y GONZALEZ LIMITADA, rol único tributario número setenta y siete millones ciento sesenta y dos mil sesenta guión cuatro, Avenida Nueva Providencia número mil trescientos sesenta y tres oficina mil dos, comuna de Providencia, Región Metropolitana, y la sociedad CUCHARA SpA, rol único tributario número setenta y seis millones seiscientos cuatro mil novecientos veinticinco guión siete, Avenida Holanda mil cuatrocientos sesenta y siete oficina doscientos dos, comuna de Providencia, Santiago Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad por Acciones. Nombre será ALMAPIEL SpA. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana; sin perjuicio de ello, podrá establecer, agencias, sucursales, establecimientos, representaciones o delegaciones tanto en el resto del país, como en el extranjero. Duración. La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de Cinco años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de Cinco años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino, en la forma que se indica pacto que se extracta.- El objeto de la Sociedad será: a) El servicio de cuidado y Embellecimiento estético corporal; b) Peluquería y otros tratamientos de belleza; c) Servicios médicos de carácter estético. d) Servicios médicos privados de carácter ambulatorio. e) La celebración de toda clase de actos jurídicos que se relacionen directa o indirectamente con el giro social; f)La realización de todas aquellas actividades comerciales que fueran complementarias o anexas al giro social. El capital de la Sociedad asciende a la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS, dividido en mil acciones nominativas, aportadas de acuerdo a la siguiente distribución: a)a la SOCIEDAD MEDICA ANDUEZA Y GONZALEZ LIMITADA, le corresponde la suma de cinco millones de pesos, que representa el cincuenta por ciento del capital social y que entera en efectivo en este acto. b) a la sociedad CUCHARA SpA, la suma de cinco millones de pesos, que representa el cincuenta por ciento del capital social, y que entera en efectivo en este acto. En consecuencia, quedan suscritas y pagadas la totalidad de las acciones en que se divide el capital social, ascendente a diez millones de pesos. Quedando la división de acciones de la siguiente manera: a)la SOCIEDAD MEDICA ANDUEZA Y GONZALEZ LIMITADA con quinientas acciones del porcentaje total de la sociedad; b)la sociedad CUCHARA SpA, con quinientas acciones del porcentaje total de la sociedad. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de su respectivo aporte en la sociedad. La administración y uso de la razón social corresponderá a doña CLAUDIA LORENA ARAGON LLADOS, denominada en adelante “La Administradora”, quien durará indefinidamente en su cargo y ejercerá indistintamente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad.- Santiago, 24 de marzo de 2021.-