EMIN ENERGÍA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 29 de enero de 2021
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.856.500 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, chileno, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil setenta, segundo piso, certifico que por escritura pública hoy, ante mí, se redujo a escritura pública acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de EMIN ENERGÍA S.A., inscrita a fojas 49.495 N° 34.691 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012; celebrada en mi presencia con fecha 29 de enero de 2021, con asistencia del 100% de las acciones emitidas, en que se acordó: (i) Aumentar el capital de la sociedad de la suma actual de $30.856.500, dividido en 10.000 acciones acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal; a la suma de $1.863.199.513 dividido en 154.556 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, es decir, se aumenta el capital en la suma de $1.832.343.013, mediante la emisión de 144.556 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. En el acto de la Junta, los accionistas Inversiones y Servicios Paullín Limitada y Inversiones y Servicios H&H Limitada renunciaron a su derecho preferente a suscribir acciones en favor de Emin S.A. Por medio de este acto, las 144.556 acciones de una misma y única serie, sin valor nominal, por la suma de $1.832.343.013, son íntegramente suscritas y pagadas por Emin S.A., mediante el aporte en especie de la cuenta por cobrar que detenta en contra de EMIN INMOBILIARIA S.A. (ii) Se modifica el artículo Quinto permanente de los estatutos sociales relativo al capital, reemplazando su texto actual por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $1.863.199.513, dividido en 154.556 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. El capital se suscribe y entera en la forma que se indica en el artículo segundo transitorio de estos estatutos; (iii) Se modifica el Artículo Segundo Transitorio referido al pago del capital en la forma señalada en escritura extractada. En todo lo no modificado siguen vigentes estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 19 de marzo de 2021.