Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2021
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
- Oficio
- Cuadragésima Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La administración de activos financieros propios o de terceros, por cuenta propia o ajena; b) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, por cuenta propia o ajena, pudiendo ad ministrar tales inversiones y percibir sus frutos; c) Compraventa de toda clase bienes inmuebles y muebles; realizar para sí y para terceros toda clase de prestaciones de servicios en toda clase de áreas; producir, elaborar, distribuir, comercializar, exportar, importar todo tipo de bienes, en general realizar cualesquiera otra actividad relacionada o no con el objeto señalado según acuerden los socios y dentro del marco legal; d) Asesoría Financiera y la realización de cualquier actividad o negocio relacionado directa o indirectamente con las actividades anteriores y que sean necesarios para el cumplimiento de los fines de la sociedad; e) Cualquier otra actividad relacionada o no con el giro que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Notario Público Titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, con oficio en Amunategui 391, Local uno Comuna y Ciudad de Santiago: certifico que por escritura pública otorgada con fecha 18 de Marzo de 2021 hoy ante mí, don DANIEL RAMÓN MASIP CUEVAS, cédula nacional de identidad número once millones seiscientos treinta y cinco mil ochocientos treinta y seis guion cero, domiciliado en Loreley número mil setecientos treinta y seis, departamento ochocientos cinco, comuna de La Reina, Santiago, Región Metropolitana, quien acredita su identidad con la documentación ya citada y expone: Que viene a constituir una sociedad por acciones de acuerdo al párrafo ocho Título VII del libro II del Código de Comercio, artículos cuatrocientos veinticuatro a cuatrocientos cuarenta y seis del mismo cuerpo legal, que se regirá por los estatutos y supletoriamente por lo dispuesto en las leyes vigentes, especialmente la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y su reglamento: RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la sociedad será “SAMOVI SpA”, pudiendo actuar ante cualquier organismo, institución pública o privada. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en cualesquier lugar del país o del extranjero. DURACIÓN: La duración de la empresa será indefinida. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La administración de activos financieros propios o de terceros, por cuenta propia o ajena; b) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, cuotas o derechos en sociedades y cualquier clase de títulos o valores mobiliarios, por cuenta propia o ajena, pudiendo ad ministrar tales inversiones y percibir sus frutos; c) Compraventa de toda clase bienes inmuebles y muebles; realizar para sí y para terceros toda clase de prestaciones de servicios en toda clase de áreas; producir, elaborar, distribuir, comercializar, exportar, importar todo tipo de bienes, en general realizar cualesquiera otra actividad relacionada o no con el objeto señalado según acuerden los socios y dentro del marco legal; d) Asesoría Financiera y la realización de cualquier actividad o negocio relacionado directa o indirectamente con las actividades anteriores y que sean necesarios para el cumplimiento de los fines de la sociedad; e) Cualquier otra actividad relacionada o no con el giro que acuerden los socios. CAPITAL: El capital de la sociedad es cinco millones de pesos, dividido en cinco mil acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, que se suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo primero transitorio de estos estatutos. ADMINISTRACIÓN Y USO DE RAZÓN SOCIAL: La Sociedad será administrada por don DANIEL RAMÓN MASIP CUEVAS, quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades y atribuciones. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 18 de marzo 2021.