MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ISLA NAVARINO SpA

RUT 77166818-6 CVE 1915722
Fecha instrumento
10 de marzo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de marzo de 2021
Repertorio
17237-2021
Notario
VERÓNICA ISABEL GONZÁLEZ DÁVILA
Oficio
titular doña Maria Soledad Lascar Merino de la 38° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERÓNICA ISABEL GONZÁLEZ DÁVILA, Notario Público Suplente de la titular doña Maria Soledad Lascar Merino de la 38° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, quinto piso, certifica que, por escritura pública de fecha 10 de marzo de 2021, Repertorio N° 17.237-2021, ante la titular, se redujo el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de ISLA NAVARINO SpA, celebrada el 10 de marzo de 2021, en la cual el único accionista, la sociedad HPV S.A., acordó ampliar el objeto social, reemplazando el artículo Tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Tercero: La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero: a) la inversión en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, valores, acciones y, en general, toda clase de títulos de crédito e inversiones; administrarlos, explotarlos, percibir sus frutos y rentas y disponer de ellas; b) la construcción, por cuenta propia o ajena, de toda clase de edificaciones, proyectos urbanísticos, complejos turísticos, hoteleros, comerciales y otros; c) la administración y explotación en todas sus formas de hoteles, centros comerciales y/o complejos turísticos propios o de terceros, por cuenta propia o ajena; d) la prestación de servicios y asesorías profesionales a empresas en lo concerniente a su administración, gestión, gerencia, contabilidad, auditoría, abastecimiento, transporte, personal, programación, métodos y sistemas computacionales, estudios de mercado, publicidad u otros análogos que las empresas puedan requerir; e) la elaboración y venta de todo tipo de alimentos, para servir o llevar, sea que se consuman dentro o fuera del respectivo hotel o complejo turístico; f) la compra, venta, producción, fabricación, importación, exportación, representación y distribución, de toda clase de productos alimenticios, bebidas con y sin alcohol, y toda otra clase de productos y alimentos; g) el establecimiento, operación y explotación de lugares destinados a la elaboración y venta de todo tipo de comidas, independientemente de la denominación que se le asigne; h) la prestación del servicio de banquetes a domicilio, así como el de comedor a todo tipo de establecimientos (empresas, bancos, negocios, etcétera); i) servicio de peluquería, belleza y estética y comercialización de productos de belleza y salud; j) la explotación de salas de gimnasio, sauna, masajes y belleza; k) la importación, representación, intermediación, consignación, compra, venta y cualquier otra forma de comercialización, al por mayor y por menor, de materias primas, mercaderías, productos elaborados y semielaborados, naturales o artificiales, relacionados con las industrias y actividades textiles, artesanales, metalúrgicas, químicas, plásticas, eléctricas, electrónicas, computacionales, automotrices, de maquinarias y herramientas, papeleras y de juguetería, alimenticias, cosméticas, perfumerías y farmacéuticas, así como de frutos y productos nacionales o del extranjero; l) ejecutar toda clase de actos de comercio, pudiendo comprar y vender, importar y exportar toda clase de artículos y mercancías relacionadas al presente objeto; y, m) toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con el objeto indicado y que los accionistas puedan aportar. Para el logro de sus objetivos, la sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 marzo de 2021.