CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones LVFB SpA

CVE 1916518
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
19 de marzo de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
19 de marzo de 2021
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) Compra, venta, importación y exportación de toda clase de bienes muebles, especialmente aquellos relacionados a la práctica deportiva; b) Instalar, equipar, operar y administrar canchas de Pádel o cualquier otro tipo de instalaciones deportivas; c) Arrendar, subarrendar y)o ceder a cualquier título, canchas de Pádel o espacios destinados a la práctica de otros deportes; c) La realización de eventos y actividades con fines deportivos y recreacionales; d) La inversión en bienes inmuebles, no obstante poder realizar también inversiones en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, debentures, bonos, títulos de crédito, efectos de comercio, bienes raíces urbanos o agrícolas, la compra y venta de dichos bienes y la administración, arrendamiento o explotación, en cualquier forma, de estas inversiones y sus frutos; e) La fabricación, producción, compra, venta, comercialización y distribución de todo tipo de productos alimenticios dulces y)o salados, fríos y)o calientes, y de bebidas analcohólicas y alcohólicas; f) La fabricación, producción, compraventa y comercialización de toda clase de artículos deportivos e indumentaria deportiva; g) la realización de todos aquellos actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los socios;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SOTOMAYOR GRAEPP, Notario Suplente del Titular Alberto Mozó Aguilar, 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 19 de marzo de 2021, ante mí, don JORGE LUIS BARZELATTO JABBAZ, doña FRANCISCA LORENA LABRA VARGAS y don FERNANDO ANDRÉS VARGAS DREHER, constituyeron Sociedad por Acciones de cuyos estatutos extracto: Nombre: “Inversiones LVFB SpA”; Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Compra, venta, importación y exportación de toda clase de bienes muebles, especialmente aquellos relacionados a la práctica deportiva; b) Instalar, equipar, operar y administrar canchas de Pádel o cualquier otro tipo de instalaciones deportivas; c) Arrendar, subarrendar y/o ceder a cualquier título, canchas de Pádel o espacios destinados a la práctica de otros deportes; c) La realización de eventos y actividades con fines deportivos y recreacionales; d) La inversión en bienes inmuebles, no obstante poder realizar también inversiones en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, debentures, bonos, títulos de crédito, efectos de comercio, bienes raíces urbanos o agrícolas, la compra y venta de dichos bienes y la administración, arrendamiento o explotación, en cualquier forma, de estas inversiones y sus frutos; e) La fabricación, producción, compra, venta, comercialización y distribución de todo tipo de productos alimenticios dulces y/o salados, fríos y/o calientes, y de bebidas analcohólicas y alcohólicas; f) La fabricación, producción, compraventa y comercialización de toda clase de artículos deportivos e indumentaria deportiva; g) la realización de todos aquellos actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los socios; Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos que pueda instalar y de las actividades que pueda desarrollar en cualquier otro lugar del país o del extranjero; Duración: Indefinida; Capital: $10.000.000 divididos en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal. Del capital social se suscriben y pagan 8.823 acciones correspondientes a la suma de $8.823.528.-, resto de las acciones quedaron pendientes de suscripción y pago. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para su legalización. Santiago, 19 de marzo de 2021.