Agrícola Bull´s Berries Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de diciembre de 2020
- Notario
- ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
- Oficio
- 16ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público Titular 16ª Notaría Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura de 09-12-2020, ante notario suplente Gonzalo Sergio Mendoza Guiñez y autorizada por mi, en conformidad Art. 402 C.O.T. Francisco José Del Sagrado Corazón Toro Correa, domiciliado en Alameda Las Cruces, parcela N°6, Las Cruces, Olmué, Quinta Región; José Luis Toro Espinosa, domiciliado en Las Verbenas Nº 9235, Las Condes, Santiago; Macarena María del Sagrado Corazón Toro Correa, por sí y en representación de sus hijos menores Pablo Ignacio Muñoz Toro, Laura María Muñoz Toro, quienes comparecen como miembros de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de don Pablo Marcelo Luciano Muñoz Muñoz, todos domiciliados en Hernán Puelma 144, Condominio Don Ambrosio de Zapallar, Curicó; Carolina Correa Ortúzar, domiciliada en Alameda Las Cruces, parcela Nº 7, Las Cruces, comuna de Olmue, Quinta Región modificaron “Agrícola Bull´s Berries Limitada”, inscrita a fojas 55.301 Nº 39.128 Registro Comercio de Santiago año 2007. Modificaciones consisten en: Carolina Correa Ortúzar cede a José Luis Toro Espinosa la totalidad de sus derechos que representan 15,47% de participación en el capital social. Macarena María Del Sagrado Corazón Toro Correa, por sí y en representación de sus hijos Pablo Ignacio Muñoz Toro y Laura Maria Muñoz Toro cede a a José Luis Toro Espinosa la totalidad de sus derechos que representan 7,15% de participación en el capital social. Las cesiones se efectúan en el precio y condiciones pactadas en la escritura extractada. Con motivo de las cesiones, quedan como únicos y actuales socios de “Agrícola Bull´s Berries Limitada”, con las siguientes participaciones en el capital social: Francisco Toro Correa, con 15,48%, José Luis Toro Espinosa, con 84,52 %. En lo no modificado rigen íntegra y totalmente los estatutos sociales. Otras estipulaciones constan de la escritura extractada. Santiago, 13 de Enero de 2021.