MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD COMERCIAL Y FERRETERÍA LOYOLA SpA

RUT 77070292-5 CVE 1915178
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de marzo de 2021

Instrumento

Fecha
22 de marzo de 2021
Notario
FERNANDO COLOMA AMARO
Domicilio
para las comunas de San Javier y Villa Alegre

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO COLOMA AMARO, Abogado, Notario Público Titular, para las comunas de San Javier y Villa Alegre, con oficio en calle Sargento Aldea, número dos mil seiscientos noventa y cinco, San Javier, Certifica: Por Escritura Pública otorgada ante mí, con fecha 22 de marzo de 2021, doña SARA ELENA LOYOLA ALEGRÍA, chilena, mayor de edad, casada y separada de bienes, comerciante, cédula nacional de Identidad número 7.809.653-5, domiciliada en calle Chorrillos número mil veintitrés, comuna de San Javier, otorgó escritura pública complementaria de la constitución de sociedad por acciones, de fecha cuatro de septiembre de dos mil diecinueve, ante este mismo Notario Público de San Javier, denominada “SOCIEDAD COMERCIAL Y FERRETERÍA LOYOLA SPA”, en conformidad a las disposiciones del Párrafo Octavo del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio y sus estatutos, cuyo nombre de fantasía es “COMERCIAL LOYOLA SpA”. El domicilio de la sociedad es en la comuna de Temuco, rol único tributario 77.070.292-5. El extracto de esta sociedad se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, a fojas mil ciento cuarenta y tres vuelta, bajo el número seiscientos cincuenta y uno, del año dos mil diecinueve; el cual se publicó en el diario oficial de la República de Chile, con fecha seis de septiembre de dos mil diecinueve, ejemplar 42.448.- El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos, ($10.000.000.-), que se suscribiría y pagaría en la forma que se señala en las disposiciones transitorias de su estatuto de constitución, y se divide en cien acciones, nominativas y con un valor nominal de cien mil ($100.000.-) pesos cada una; con el ánimo de ampliar el giro de sociedad, la compareciente complementó la cláusula Primera, ESTATUTOS DE SOCIEDAD COMERCIAL Y FERRETERÍA LOYOLA SpA”. TITULO PRIMERO. DEL NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN; en su artículo segundo de la escritura aludida, agregando al final del punto final, que pasa a ser punto seguido, lo siguiente: “La sociedad podrá asimismo explotar el giro del comercio, así podrá abastecer, distribuir, importar, exportar, reexportar, comercializar y distribuir por cuenta propia o ajena toda clase de bienes, productos, subproductos, alimentos, materias primas e insumos destinados al comercio de toda clase de productos envasados y preparados del rubro alimenticio; principalmente la fabricación, elaboración y comercialización al por mayor y al por menor de rubro panadería, amasandería, pastelería, la instalación, explotación y administración de almacenes de venta de artículos al por mayor y menor, restaurant, fuentes de soda, locales de comida rápida, minimarkets y supermercados, comercialización, distribución y venta de bebidas alcohólicas, analcohólicas y de fantasía; y en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a los fines antes indicados.”.-”. En lo no complementado se mantiene vigente el estatuto social. Demás antecedentes en escritura extractada.- San Javier, 22 de marzo de 2021.-