MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

C.I.S. INGENIERÍA LIMITADA

RUT 84803800-8 CVE 1915290
Fecha instrumento
18 de marzo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de marzo de 2021
Repertorio
2683-2021
Comuna
Santiago

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA EB DOS LIMITADA socio 78120730-6
MARCOS LIMA CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA socio 77440700-6
COMERCIAL E INMOBILIARIA PAS DOS LIMITADA socio 78973780-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO RABY BENAVENTE, abogado, Notario Titular de la Quinta Notaría de Santiago, Gertrudis Echenique número 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 18 de marzo de 2021, Repertorio Nº 2683-2021, ante mí, INMOBILIARIA EB DOS LIMITADA, RUT Nº 78.120.730-6; ALVARO DE LA BARRA GARCIA, C.I. Nº 3.180.155-9; CARGILL CONSULTORES LIMITADA, C.I. Nº 78.340.120-7; JOSE LUIS OPAZO VILLASECA, C.I. Nº 6.063.436-K; MARCOS LIMA CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA, RUT Nº 77.440.700-6; y COMERCIAL E INMOBILIARIA PAS DOS LIMITADA, RUT Nº 78.973.780-0, todos domiciliados en Avenida Presidente Riesco N° 5.711, oficina 801, Las Condes, Región Metropolitana; modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada C.I.S. INGENIERÍA LIMITADA, inscrita fs. 2.756, número 1.520 del Registro de Comercio de Santiago de 1977, en siguiente sentido: 1.- Cesiones de derechos: Con expresa aceptación de actuales socios, se hicieron siguientes cesiones de derechos sociales: /A/ ALVARO DE LA BARRA GARCIA, vende, cede y transfiere 2,8912% derechos sociales a INMOBILIARIA EB DOS LIMITADA. /B/ ALVARO DE LA BARRA GARCIA, vende, cede y transfiere 2,8912% derechos sociales a CARGILL CONSULTORES LIMITADA. C) ALVARO DE LA BARRA GARCIA, vende, cede y transfiere 2,8912% derechos sociales a JOSÉ LUIS OPAZO VILLASECA. D) ALVARO DE LA BARRA GARCIA, vende, cede y transfiere 2,8912% derechos sociales MARCOS LIMA CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA. /E/ ALVARO DE LA BARRA GARCIA, vende, cede y transfiere 2,8912% derechos sociales a COMERCIAL INMOBILIARIA PAS DOS LIMITADA. 2.- Capital y participaciones. Como consecuencia cesiones de derechos sociales quedan como únicos socios de Sociedad: /a/ INMOBILIARIA EB DOS LIMITADA, con 19,5% derechos sociales; /b/ CARGILL CONSULTORES LIMITADA, con 19,5% derechos socia-les; c) JOSÉ LUIS OPAZO VILLASECA, con 19,5% derechos sociales; d) MARCOS LIMA CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA, con 19,5% derechos sociales; /e/ COMERCIAL E INMOBILIARIA PAS DOS LIMITADA, con 19,5% derechos sociales; /f/ ALVARO DE LA BARRA GARCIA, con 2,5% derechos sociales.- 3.- Modificación Estatutos: En consecuencia de cesiones indicadas, socios acordaron reemplazar íntegramente el Artículo Cuarto de los estatutos por el siguiente: “CUARTO: El capital social es la suma de cincuenta mil pesos que los socios aportan y enteran en la forma siguiente: Uno) INMOBILIARIA EB DOS LIMITADA, aporta la suma de nueve mil setecientos cincuenta pesos, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, ingresando en arcas de la sociedad; Dos) MARCOS LIMA CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA, aporta la suma de nueve mil setecientos cincuenta pesos, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, ingresando en arcas de la sociedad; Tres) COMERCIAL E INMOBILIARIA PAS DOS LIMITADA, aporta la suma de nueve mil setecientos cincuenta pesos, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, ingresando en arcas de la sociedad; Cuatro) CARGILL CONSULTORES LIMITADA, aporta la suma de nueve mil setecientos cincuenta pesos, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, ingresando en arcas de la sociedad; Cinco) Don JOSÉ LUIS OPAZO VILLASECA, aporta la suma nueve mil setecientos cincuenta pe-sos, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, ingresando en arcas de la Sociedad, y Seis) Don ÁLVARO DE LA BARRA GARCÍA aporta la suma de mil dos-cientos cincuenta pesos, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, ingresando en arcas de la Sociedad.”.- 4.- Vigencia Estatutos: En todo lo no modificado, quedan plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos.- 5.- Limitación responsabilidad: Socios reiteraron limitación de responsabilidad a capital efectivamente aportado a Sociedad.- Demás estipulaciones no son materia de extracto, constan en escritura extractada.- Santiago, 19 de marzo de 2021.- P. Raby B. Not. Púb.