MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Inversiones Foco Limitada

RUT 77099283-4 CVE 1913842
Fecha instrumento
23 de febrero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de febrero de 2021
Notario
María Patricia Donoso Gomien
Oficio
Vigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Patricia Donoso Gomien, Notario Público, Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en en calle Orrego Luco 0153, Comuna de Providencia, certifico: Que con fecha 22 de febrero del año 2021, ante mí, don Uno) Don PABLO FRANCISCO ASTUDILLO HERNÁNDEZ, chileno, casado bajo régimen de separación de bienes, ingeniero comercial, cédula nacional de identidad número diez millones doscientos diecinueve mil setecientos setenta y ocho guión K, domiciliado para estos efectos en Los Algarrobos número dos mil trescientos treinta y cuatro guión dieciséis, comuna de Las Condes; Dos) doña CATALINA FRANCISCA ASTUDILLO OÑATE, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad número veinte millones ciento sesenta y dos mil trece guión nueve, domiciliada para estos efectos en Los Algarrobos número dos mil trescientos treinta y cuatro guión dieciséis, comuna de Las Condes; quienes vienen en suscribir escritura de saneamiento en los siguientes términos: PRIMERO: Por escritura pública de fecha veinte de mayo del año dos mil veinte, de la Notaría Fuenzalida de Luis Poza Maldonado de Vitacura, Repertorio número mil novecientos setenta y seis, se suscribe escritura de transformación de Sociedad Inmobiliaria Foco SpA a Sociedad de Inversiones Foco Limitada, sociedad del giro de su denominación RUT setenta y siete millones noventa y nueve mil doscientos ochenta y tres guion cuatro. El capital social es la suma de cuatrocientos setenta y tres millones seiscientos diecinueve mil ochocientos setenta y tres pesos. SEGUNDO: El extracto de la escritura individualizada en la cláusula anterior no se publicó en el Diario Oficial dentro del plazo legal. TERCERO: Los comparecientes vienen en subsanar la omisión de la correspondiente publicación en el Diario Oficial, conforme lo autoriza el artículo tercero de la Ley tres mil novecientos dieciocho.Santiago. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de febrero de 2021.