MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA LAS RAICES LIMITADA

RUT 76137928-3 CVE 1912577
Capital
$45.000 CLP
Fecha instrumento
25 de febrero de 2021

Instrumento

Fecha
25 de febrero de 2021
Notario
RODRIGO SANHUEZA RIOS
Domicilio
Temuco

Sociedad

Capital
$45.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO SANHUEZA RIOS, Notario Público de Temuco, Suplente del Titular Juan Antonio Loyola Opazo, ambos con oficio en Arturo Prat 770, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 25 de Febrero de 2021, Rep. 771, doña Cindy Loreto Sepúlveda Roullett, don Javier Alejandro Martínez Barrientos, ambos domiciliados en Pasaje Aragón N° 0821 Temuco y doña Thamara Nataly Sepúlveda Roullett, domiciliada en Portales 516 Temuco, modificaron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada cuya razón social es “SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA LAS RAICES LIMITADA”, Rut 76.137.928-3 , constituída el 8 Febrero de 2011, inscrita en Registro Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco a fojas 291, N°299 , año 2011, se modifica en los siguientes sentidos: Modificación Uno) JAVIER ALEJANDRO MARTINEZ BARRIENTOS, como legítimo titular de sus derechos societarios en citada sociedad y que corresponden a un 50% en la misma, vende cede y transfiere a doña CINDY LORETO SEPULVEDA ROULLETT el 49% de estos derechos. El precio de la venta y cesión es la suma única y total de $133.800.975. Asimismo, don JAVIER ALEJANDRO MARTINEZ BARRIENTOS como legítimo titular de sus derechos societarios en la referida sociedad, vende cede y transfiere a doña THAMARA NATALY SEPULVEDA ROULLETT lo restante de sus derechos y que corresponde al 1% . El precio de la venta y cesión es la suma única y total de un $1.351.525 . Con motivo de la presente cesión, doña CINDY LORETO SEPULVEDA ROULLETT queda como titular de derechos en la “SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA LAS RAICES LIMITADA” en un 99% y doña THAMARA NATALY SEPULVEDA ROULLETT en un 1%. Modificación dos) Se modifica CLAUSULA CUARTA en su primera parte estableciéndose que “La administración, representación y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a doña CINDY LORETO SEPULVEDA ROULLETT , quien la ejercerá anteponiendo a su firma, la razón social, obligando y representando a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario. Declaran los comparecientes, que en el evento en que doña CINDY LORETO SEPULVEDA ROULLETT, se encontrare imposibilitada para ejercer tal función, tales como enfermedad grave, ausencia del país o cualquier otro impedimento que pusiere en riesgo el buen funcionamiento de la empresa, ejercerá la administración, representación y uso de la razón social doña THAMARA NATALY SEPULVEDA ROULLETT solo por el tiempo que durare el impedimento”. Asimismo, de la enumeración de las facultades que se detallan en la cláusula cuarta, se modifica la facultad N° 43, quedando como sigue: “Podrá asimismo dar y tomar bienes en hipoteca, posponer, alzar, cancelar hipotecas, incluso con cláusula de garantía general”. Se elimina la facultad N° 47 y su lugar , se agrega: “Podrá autocontratar respecto de toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles o de cualquier naturaleza, tengan ellos el carácter de bienes sociales o sin esa calidad y respecto de toda clase de contratos nominados o innominados”. Modificación tres) Doña THAMARA NATALY SEPULVEDA ROULLETT en su calidad de nueva socia, aporta la suma de $1.351.525, que se enterarán a la caja social con fecha 30 de Abril de 2022. Modificación cuatro) Se modifica cláusula Sexta quedando de la siguiente forma: “La responsabilidad de los socios, queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Asimismo, los derechos de cada uno de los socios en la sociedad será en el siguiente porcentaje : un 99% para doña CINDY LORETO SEPULVEDA ROULLETT y un 1% para doña THAMARA NATALY SEPULVEDA ROULLETT”. Modificación cinco) Se modifica cláusula séptima quedando como sigue: “Las utilidades y las pérdidas serán distribuidas entre los socios, en proporción a los derechos societarios de cada uno.- Los socios tendrán derecho a efectuar retiros de dinero anuales, ello sin perjuicio de establecer otro tipo de periodicidad en el retiro de las utilidades, existiendo acuerdo unánime de los socios”. Modificación seis) Se modifica cláusula Novena. Modificación siete) Se modifica cláusula Décima, quedando como sigue “La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura de constitución y tendrá una duración de 5 años contados desde esa fecha. Este plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios expresa su voluntad contraria manifestada a través de una escritura pública que deberá ser anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del período que esté en vigencia”. Modificación ocho) Se modifica cláusula Décimo primera. Declaran los comparecientes que de acuerdo al Certificado de Capital de la SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA LAS RAICES LIMITADA, se establece que la sociedad referida tiene un capital de $45.000.000 al año dos mil once. El detalle de modificaciones constan de escritura singularizada y no son materia de extracto. En lo no modificado continúa vigente primitivo pacto. Temuco, 15 de Marzo de 2021.-