Instrumento
- Fecha
- 17 de marzo de 2021
- Repertorio
- 657-2021
- Notario
- DIEGO MATÍAS TELLO PÉREZ
- Oficio
- Titular don Alejandro Tomás Viada Ovalle de la Sexta Notaria de La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La exportación, importación, producción, compra, venta online, venta directa o cualquier modo de venta, comercialización, permuta, consignación, acopio, distribución, intermediación, difusión y colocación, al mayor y al detalle de todo tipo bienes y)o servicios, nacionales o extranjeros, inclusive, pero sin ser excluyentes de productos agropecuarios; b) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; c) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; d) Constituir y)o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida indistintamente por don OSCAR FRANCISCO PIZARRO ACOSTA, LUIS MAURICIO ESCOBAR GODOY y FELIPE ANDRÉS ARDILES OCARANZA, accionistas ya individualizados, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDIEGO MATÍAS TELLO PÉREZ, Abogado, Notario Público Suplente del Titular don Alejandro Tomás Viada Ovalle de la Sexta Notaria de La Serena, con domicilio en calle Huanhualí N° 324, La Serena, certifica: Por escritura pública Repertorio N° 657-2021 de fecha 17 de Marzo del año 2021, ante mí: Don OSCAR FRANCISCO PIZARRO ACOSTA, chileno, soltero, Ingeniero en Administración, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos ocho mil ochocientos treinta y dos guion uno, domiciliado en Avenida Costanera número tres mil cuatrocientos, Departamento ciento veintidós, Torre Barlovento, ciudad y comuna de Coquimbo, Región de Coquimbo; don LUIS MAURICIO ESCOBAR GODOY, chileno, casado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número once millones ochocientos veintitrés mil ciento cincuenta y cinco guion cuatro, domiciliado en Parcela número sesenta y uno sitio tres B, Altovalsol, ciudad y comuna de La Serena, Región de Coquimbo y don FELIPE ANDRÉS ARDILES OCARANZA, chileno, soltero, factor de comercio, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos noventa y un mil cuatrocientos ochenta y uno guion cero, domiciliado en Esmeralda número doscientos treinta, ciudad y comuna de La Serena, Región de Coquimbo, constituyen Sociedad por Acciones.- Razón social: será “ARPIES SpA”.- Objeto: a) La exportación, importación, producción, compra, venta online, venta directa o cualquier modo de venta, comercialización, permuta, consignación, acopio, distribución, intermediación, difusión y colocación, al mayor y al detalle de todo tipo bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, inclusive, pero sin ser excluyentes de productos agropecuarios; b) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; c) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; d) Constituir y/o participar de toda clase de sociedades que acuerden el o los accionistas. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida indistintamente por don OSCAR FRANCISCO PIZARRO ACOSTA, LUIS MAURICIO ESCOBAR GODOY y FELIPE ANDRÉS ARDILES OCARANZA, accionistas ya individualizados, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición. Capital: $3.000.000 pesos dividido en 3.000 acciones, sin valor nominal, todas de una misma serie, suscritas y pagadas. Duración: Indefinido.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- La Serena, 17 de Marzo del año 2021.-