Eólica San Gregorio SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de marzo de 2021
- Repertorio
- 5694-2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto i) desarrollar y ejecutar todo tipo de inversiones, proyectos y actividades en el negocio energético, minero y de infraestructura, incluyendo sin limitación el desarrollo de proyectos de generación eléctrica, proyectos mineros y proyectos para la importación, almacenamiento y procesamiento de hidrocarburos; ii) la construcción y emplazamiento de instalaciones asociadas con los proyectos desarrollados por la Sociedad; iii) la inversión en otras sociedades que desarrollen cualquiera de dichas actividades o negocios; iv) la generación, distribución y transferencia de energía eléctrica y)o hidrocarburos, por cualquier medio o fuente, todo lo anterior directamente o mediante la inversión en otras sociedades que desarrollen cualquiera de dichas actividades o negocios. Para el cumplimiento de su objeto de la Sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier titulo, y dar a tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; importar y exportar toda clase de bienes y servicios; gravar con hipotecas o prendas de cualquier clase sus bienes; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios o convenientes al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| EÓLICA SAN GREGORIO SpA | socio | 76882279-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 3 de marzo de 2021, ante mí, bajo el Repertorio N°5694-2021, HIF ENERGY SpA, sociedad del giro de actividades de consultoría de gestión y Rol Único Tributario Nº 76.206.452-9, representada por don Juan José Gana Errázuriz, cédula de identidad Nº 7.031.747-8, y por doña Clara Jean Bowman, cédula de identidad para extranjeros Nº 23.334.736-1, en su calidad de actual y único accionista, según registro de accionistas tenido a la vista, de la sociedad EÓLICA SAN GREGORIO SpA, Rol Único Tributario Nº 76.882.279-4, inscrita a fojas 36.170, número 19.030 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018, modificó los estatutos sociales, en relación con el régimen de administración de la sociedad, reemplazando el sistema de administración, radicado en un Directorio y un Gerente General, por el de un administrador estatutario, designándose como administrador a HIF Energy SpA, quien representará a Eólica San Gregorio SpA a través de apoderados designados al efecto y en la forma y conforme a las facultades expresadas en la escritura extractada. A continuación, y producto de que la modificación anterior importa la supresión y alteración de parte considerable del articulado de los estatutos sociales, y para mayor orden y claridad, HIF Energy SpA, ya individualizada, y en su calidad de actual y único accionista de Eólica San Gregorio SpA, procedió a repactar sus estatutos sociales, fijando un texto actualizado, refundido y sistematizado: Razón social: Eólica San Gregorio SpA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto i) desarrollar y ejecutar todo tipo de inversiones, proyectos y actividades en el negocio energético, minero y de infraestructura, incluyendo sin limitación el desarrollo de proyectos de generación eléctrica, proyectos mineros y proyectos para la importación, almacenamiento y procesamiento de hidrocarburos; ii) la construcción y emplazamiento de instalaciones asociadas con los proyectos desarrollados por la Sociedad; iii) la inversión en otras sociedades que desarrollen cualquiera de dichas actividades o negocios; iv) la generación, distribución y transferencia de energía eléctrica y/o hidrocarburos, por cualquier medio o fuente, todo lo anterior directamente o mediante la inversión en otras sociedades que desarrollen cualquiera de dichas actividades o negocios. Para el cumplimiento de su objeto de la Sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier titulo, y dar a tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; importar y exportar toda clase de bienes y servicios; gravar con hipotecas o prendas de cualquier clase sus bienes; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo; y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios o convenientes al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad. Capital: $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, las cuales se encuentran suscritas y pagadas de la manera que expresa el Artículo Primero Transitorio. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de marzo de 2021.