MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Reloncaví SpA

RUT 96611820-2 CVE 1910985
Capital
$960.727.417 CLP
Fecha instrumento
10 de marzo de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de marzo de 2021
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$960.727.417 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

Adquisición, construcción, enajenación o explotación, en cualquiera forma, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces inmuebles urbanos. c

Administración

La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Tomás Boetsch Domínguez y a don Alejandro Boetsch Domínguez, quienes actuarán en forma individual en operaciones hasta 3.000 Unidades de Fomento; o actuarán ambos en forma conjunta o uno cualesquiera de ellos conjuntamente con don Miguel Boetsch Domínguez, en operaciones por sobre 3.000 Unidades de Fomento. Los administradores, en cada caso, actuando de la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. Asimismo, el o los administradores, actuando de la forma indicada, contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, Certifico: Por escritura pública de fecha 10 marzo de 2021, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad “Inmobiliaria Reloncaví S.A.”, inscrita a fojas 21.929 número 11.010 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 1991, celebrada el 11 de febrero de 2021, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, y con la totalidad de los accionistas presentes, según Registro de Accionistas que he tenido a la vista, a saber: La sociedad Inversiones BD Limitada y la sociedad Inversiones Calera de Tango S.A.; quienes acordaron modificar la sociedad en los siguientes términos: I. Transformación a Sociedad por Acciones: Los actuales y únicos accionistas de la Sociedad vienen en transformar el tipo social, en una sociedad por acciones que se denominará “Inmobiliaria Reloncaví SpA”.- II. Estatutos Sociales de la sociedad Inmobiliaria Reloncaví SpA: a.- Razón Social: “Inmobiliaria Reloncaví SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquiera otros organismos públicos o privados, la sigla comercial o nombre de fantasía de “Reloncaví SpA”. b.- Objeto: Adquisición, construcción, enajenación o explotación, en cualquiera forma, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces inmuebles urbanos. c.- Capital: El capital social es la suma única y total de $960.727.417, dividido en 126.605 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una misma serie y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas de la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales. d.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. e.- Duración: Indefinida. f.- Administración: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Tomás Boetsch Domínguez y a don Alejandro Boetsch Domínguez, quienes actuarán en forma individual en operaciones hasta 3.000 Unidades de Fomento; o actuarán ambos en forma conjunta o uno cualesquiera de ellos conjuntamente con don Miguel Boetsch Domínguez, en operaciones por sobre 3.000 Unidades de Fomento. Los administradores, en cada caso, actuando de la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. Asimismo, el o los administradores, actuando de la forma indicada, contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de marzo del 2021.