CONSTRUCTORA APOQUINDO SpA
Instrumento
- Fecha
- 1 de marzo de 2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto la realización por cuenta propia o ajena de toda clase de obras de ingeniería y construcción; estudio y ejecución de proyectos en estos ramos, prestación de servicios de asesoría profesional en ingeniería y construcción, y, en general, cualquier otra actividad afín que se relacione directa o indirectamente con el
Administración
La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Tomás Boetsch Domínguez y a don Alejandro Boetsch Domínguez, quienes actuarán en forma individual en operaciones hasta 3.000 Unidades de Fomento; o actuarán ambos en forma conjunta o uno cualesquiera de ellos conjuntamente con don Miguel Boetsch Domínguez, en operaciones por sobre 3.000 Unidades de Fomento. Los administradores, en cada caso, actuando de la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. Asimismo, el o los administradores, actuando de la forma indicada, contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, Certifico: Por escritura pública de fecha 1 de marzo de 2021, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad “CONSTRUCTORA APOQUINDO S.A.”, inscrita a fojas 14.652 número 8.110 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1.981, celebrada el 25 de enero del año 2021, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, y con la totalidad de los accionistas presentes, según Registro de Accionistas que he tenido a la vista, a saber: La sociedad Inversiones Calera de Tango S.A. y don Alejandro José Boetsch Fernández; quienes acordaron modificar la sociedad en los siguientes términos: I. Transformación a Sociedad por Acciones: Los actuales y únicos accionistas de la Sociedad vienen en transformar el tipo social, en una sociedad por acciones que se denominara “CONSTRUCTORA APOQUINDO SpA”.- II. Estatutos Sociales de la sociedad Constructora Apoquindo SpA: a.- Razón Social: “CONSTRUCTORA APOQUINDO SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquiera otros organismos públicos o privados, la sigla comercial o nombre de fantasía de “CONSTRUCTORA APOQUINDO SpA”. b.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la realización por cuenta propia o ajena de toda clase de obras de ingeniería y construcción; estudio y ejecución de proyectos en estos ramos, prestación de servicios de asesoría profesional en ingeniería y construcción, y, en general, cualquier otra actividad afín que se relacione directa o indirectamente con el objeto social. c.- Capital: El capital social es la suma única y total de $30.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas de la forma expresada en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales. d.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. e.- Duración: Indefinida. f.- Administración: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a don Tomás Boetsch Domínguez y a don Alejandro Boetsch Domínguez, quienes actuarán en forma individual en operaciones hasta 3.000 Unidades de Fomento; o actuarán ambos en forma conjunta o uno cualesquiera de ellos conjuntamente con don Miguel Boetsch Domínguez, en operaciones por sobre 3.000 Unidades de Fomento. Los administradores, en cada caso, actuando de la forma indicada y anteponiendo a su firma la razón social, contarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo realizar todos los actos, contratos, convenciones, operaciones, negocios y trámites que se relacionen directa o indirectamente con el giro de la sociedad. Asimismo, el o los administradores, actuando de la forma indicada, contarán con las facultades enunciadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 08 de marzo de 2020.