SOCIEDAD MEDICA LOOR BARREIRO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de febrero de 2021
- Notario
- AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL JORGE GILLET BEBIN
- Oficio
- Notaría de Parral
- Comuna
- Parral
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDE CESIÓN DE DERECHOS, MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS, y; AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL JORGE GILLET BEBIN, Notario Público Titular Notaría de Parral, Avenida Aníbal Pinto N° 715, Oficina 103, Certifico: Por escritura pública, de fecha 15 de Febrero de 2021, Rep. N° 411/2021, ante mí, señores MARCO UVALDO LOOR RIVAS, doña DAMARIS PATRICIA BARREIRO MACÍAS y don MARCO EYMAR LOOR BARREIRO todos con domicilio en la calle Arturo Prat 287; modificaron “SOCIEDAD MEDICA LOOR BARREIRO LIMITADA” O “MEDICA LOOR BARREIRO LTDA”, inscrita a fs. 60 Nº 31 Registro Comercio Parral, quedando como socios: MARCO UVALDO LOOR RIVAS con el treinta y cuatro por ciento (34%) del capital y propiedad de la presente compañía, Doña DAMARIS PATRICIA BARREIRO MACIAS con un treinta y cuatro por ciento (34%) del capital y propiedad de la presente compañía y don MARCO EYMAR LOOR BARREIRO con un treinta y dos por ciento (32%) del capital y propiedad de la presente compañía. Del mismo modo, en acta extraordinaria Nº.5 de fecha 4 de Enero del 2021, se resolvió que para que se perfeccionará la cesión de derechos y por ende la transferencia de los derechos y acciones, el cesionario debe aceptar las condiciones especiales, para poder tener los derechos correspondientes de socio de la “SOCIEDAD MEDICA LOOR BARREIRO LIMITADA” O “MEDICA LOOR BARREIRO LTDA”, a).- Que el cesionario se debe mantener soltero, b).- que el cesionario no mantenga cargas personales, ni hijos; c).- que el cesionario mantenga sus estudios, hasta culminar la carrera correspondiente, d).- que el cesionario no tenga convivencia de unión libre o conyugal; en cuyo caso si el cesionario incumple, infringe o vulnera cualquiera de las condiciones expuestas, aceptadas y acogidas voluntariamente como condición especial para la venta, transferencia y cesión de sus derechos dentro de la “SOCIEDAD MEDICA LOOR BARREIRO LIMITADA” O “MEDICA LOOR BARREIRO LTDA”, este pierde todos los derechos como socio. Asimismo, se amplió el objeto social, en el sentido de que la sociedad además de efectuar la prestación de servicios médicos, también, se dedicará a: A).- La prestación de servicios de capacitación laboral y/o ocupacional, de capacitación a empresas y a cualquier persona, instituciones publicas o privadas; B).- La planificación y asesoramiento de las actividades propias de la empresa de servicios médicos; C).- El desarrollo y explotación por si o a través de terceros de todo tipo de actividad turísticas, hoteleras, gastronómicas, recreativas, y/o deportivas y las prestaciones de servicios relacionados con tales fines; D).- La construcción, adquisición, instalación, y explotación por cuenta propia o ajena, de todo tipo de hoteles, hostales, posadas, residenciales, apart hotel, moteles, hosterías, resort, cabañas, campings, restaurantes, almacenes, minimarket, salones de té, cafetería, pub, de establecimientos de deposito y venta de todo tipo de combustibles, por mayor o menor, de establecimientos destinados a la practica de todo tipo de deportes o actividades invernales, tales como sky, snowboard, o actividades e aire libre como cabalgatas, como botes, lanchas, embarcaciones menores a vela o motor, kayaks; jeeps, motos, andariveles, botas, lentes bastones, tabla de snowboard, balones, palo de golf y similares; E).- La organización de actividades y campaña de explotación de zonas de interés ecológico con finalidades recreativas, de esparcimiento, turísticas y/o científicas, por cuenta propia o de terceros; F).- El cultivo, producción elaboración, transformación, importación, exportación compra, venta, comercialización, o distribución, de todo o cualquier tipo de producto agrícola forestales, frutícolas, hortofrutícolas o ganaderos; G).- La compra, venta, importación, exportación, comercialización o distribución a cualquier titulo o forma de toda clase de bienes muebles, materias primas, productos elaborados, equipos partes y piezas; H).- La prestación de todo tipo de servicios o asesorías relacionados con cualquiera de los objetos ya señalados, la representación de todo tipo de empresas, nacionales o extranjeras, relativa a los mismos objetos ya indicados; I).- Participar y formar parte de todo y cualquier tipo de sociedades, empresas, asociaciones que se encuentren constituidos o se formen en lo sucesivo.- Se aumenta el capital social, de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000), a CIEN MILLONES DE PESOS ($100.000.000) en la siguiente forma: Don MARCO UVALDO LOOR RIVAS aportará la suma de CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($45.000.000), en dinero efectivo, pagados en este acto; Doña DAMARIS PATRICIA BARREIRO MACÍAS aportó la suma de OCHO MILLONES DE PESOS ($8.000.000) en el mes de enero del año 2021 por necesidades de la empresa; y, adicionalmente aportará la suma TREINTA Y SIETE MILLONES DE PESOS ($37.000.000), en dinero efectivo, pagados en este acto; y don MARCO EYMAR LOOR BARREIRO aportará la suma de OCHO MILLONES DE PESOS ($8.000.000), dentro del plazo de 12 MESES, contado desde la fecha de este instrumento, a medida que la sociedad lo requiera. En lo no modificado permanecen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada.- PARRAL, 11 DE MARZO DE 2021.