CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

PARQUE SOLAR IMILAC SpA

RUT 76874669-9 CVE 1910390
Fecha instrumento
11 de marzo de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de marzo de 2021
Notario
EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
Oficio
Trigésimo Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
ciudad de Santiago, en cualquiera de las comunas comprendidas dentro territorio jurisdiccional Corte de Apelaciones de Santiago
Duración
Indefinida
Ley aplicable
ley N° 4

Objeto social

Uno) En el mercado de comercio mayorista de energía eléctrica desarrollar la producción de energía eléctrica e inyectar dicha producción en el Sistema Eléctrico Nacional. Dos) En el ámbito de la comercialización, comprar energía eléctrica para venderla a distribuidoras de energía eléctrica o usuarios finales / clientes libres. Tres) Construir, instalar, operar, explotar, mantener y administrar activos de generación, tanto convencionales como a partir de Energías Renovables No Convencionales. Cuatro) Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a la incorporación de activos de generación o aquellos denominados Energías Renovables No Convencionales. Quinto) Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a proyectos de generación eléctrica de terceros. Sexto) Operar, explotar, mantener y administrar activos de generación de energía adquiridos a terceros. Séptimo) Comercializar excedentes de energías proveniente de medios de Energías Renovables No Convencionales propios o contratados, para acreditar el cumplimiento de la obligación señalada en el artículo ciento cincuenta bis del decreto con fuerza de ley N° 4, de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, que contiene la Ley General de Servicios Eléctricos. Octavo) Comercializar energía eléctrica y su potencia asociada con otras empresas generadoras. Nueve) La adquisición, construcción, implementación, operación, mantención y explotación de toda clase de bienes e instalaciones de generación de energía eléctrica renovable no convencional. Diez) Diseño, desarrollo, gestión y)o ejecución de todo tipo de proyectos de ingeniería, energía, arquitectura u otra especialidad relativas a la generación eléctrica renovable no convencional. Once) Adquirir, explotar y transferir concesiones de servicios eléctricos, telecomunicaciones, telefonía, de data y radiocomunicaciones. Doce) Construir, instalar, explotar y mantener centrales de generación eléctrica de tipo renovable no convencional para venderlos a terceros. Trece) La construcción de una o más centrales de generación eléctricas de tipo renovable no convencional para vender la producción a generadoras, distribuidoras o usuarios finales. Catorce) Prestar asesoría en el mercado mayorista de energía eléctrica. Quince) Efectuar toda clase de inversión y celebrar todo tipo de actos y contratos traslaticios o de mera tenencia, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, destinados a su adquisición, explotación, comercialización y administración y que digan relación con cualquiera de los objetos y giros antes referidos. Dieciséis) Aumentar o reducir potencia mediante la adquisición o enajenación de activos de generación renovable no convencional. Diecisiete) Realizar todos los actos y cualquier otra actividad que relacionada o no con los puntos anteriores, decidan los socios efectuar

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES Y DESARROLLOS ENERGETICOS FREEPOWER SpA socio 76874669-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la Trigésimo Cuarta Notaría de Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, comuna Providencia, certifico: Por escritura pública 11 Marzo 2021, ante mi reemplazante MARIA JOSE BRAVO CRUZ, INVERSIONES Y DESARROLLOS ENERGETICOS FREEPOWER SpA, R.U.T. 76.874.669-9, constituyó sociedad por acciones. Nombre: “PARQUE SOLAR IMILAC SpA". Objeto: Uno) En el mercado de comercio mayorista de energía eléctrica desarrollar la producción de energía eléctrica e inyectar dicha producción en el Sistema Eléctrico Nacional. Dos) En el ámbito de la comercialización, comprar energía eléctrica para venderla a distribuidoras de energía eléctrica o usuarios finales / clientes libres. Tres) Construir, instalar, operar, explotar, mantener y administrar activos de generación, tanto convencionales como a partir de Energías Renovables No Convencionales. Cuatro) Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a la incorporación de activos de generación o aquellos denominados Energías Renovables No Convencionales. Quinto) Adquirir, arrendar o celebrar cualquier otro acto jurídico relativo a proyectos de generación eléctrica de terceros. Sexto) Operar, explotar, mantener y administrar activos de generación de energía adquiridos a terceros. Séptimo) Comercializar excedentes de energías proveniente de medios de Energías Renovables No Convencionales propios o contratados, para acreditar el cumplimiento de la obligación señalada en el artículo ciento cincuenta bis del decreto con fuerza de ley N° 4, de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, que contiene la Ley General de Servicios Eléctricos. Octavo) Comercializar energía eléctrica y su potencia asociada con otras empresas generadoras. Nueve) La adquisición, construcción, implementación, operación, mantención y explotación de toda clase de bienes e instalaciones de generación de energía eléctrica renovable no convencional. Diez) Diseño, desarrollo, gestión y/o ejecución de todo tipo de proyectos de ingeniería, energía, arquitectura u otra especialidad relativas a la generación eléctrica renovable no convencional. Once) Adquirir, explotar y transferir concesiones de servicios eléctricos, telecomunicaciones, telefonía, de data y radiocomunicaciones. Doce) Construir, instalar, explotar y mantener centrales de generación eléctrica de tipo renovable no convencional para venderlos a terceros. Trece) La construcción de una o más centrales de generación eléctricas de tipo renovable no convencional para vender la producción a generadoras, distribuidoras o usuarios finales. Catorce) Prestar asesoría en el mercado mayorista de energía eléctrica. Quince) Efectuar toda clase de inversión y celebrar todo tipo de actos y contratos traslaticios o de mera tenencia, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, destinados a su adquisición, explotación, comercialización y administración y que digan relación con cualquiera de los objetos y giros antes referidos. Dieciséis) Aumentar o reducir potencia mediante la adquisición o enajenación de activos de generación renovable no convencional. Diecisiete) Realizar todos los actos y cualquier otra actividad que relacionada o no con los puntos anteriores, decidan los socios efectuar. Domicilio: ciudad de Santiago, en cualquiera de las comunas comprendidas dentro territorio jurisdiccional Corte de Apelaciones de Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales otros lugares dentro y fuera del país. Duración: indefinida. Capital: Un millón de pesos, dividido en cien acciones ordinarias, todas nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 Marzo 2021.