MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA CONCHA Y COMPAÑÍA SOCIEDAD LIMITADA

RUT 76062168-4 CVE 1910649
Fecha instrumento
2 de marzo de 2021

Instrumento

Fecha
2 de marzo de 2021
Repertorio
97-2021
Notario
Pablo José Hales Beseler
Domicilio
San Miguel con asiento en Lo Espejo

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INVERSIONES LISA LIMITADA socio 76380444-5
FLORESTA INVERSIONES LIMITADA socio 76975974-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Pablo José Hales Beseler, Notario Público titular de San Miguel con asiento en Lo Espejo, Pasaje Osa Menor N° 03.506, certifico: Que, por escritura pública de fecha 2 de marzo de 2021, repertorio 97-2021, ante mí, compareció HECTOR FERNANDO CONCHA MARAMBIO, C.I. N° 4.436.207-4, en representación de INVERSIONES LISA LIMITADA, RUT 76.380.444-5, de FLORESTA INVERSIONES LIMITADA, RUT N° 76.975.974-3, de CRISTIAN ANDRES CONCHA GIRARDI, C.I. N° 9.471.488-5, todos domiciliados en Pasaje Vía Azul N° 10.130, dpto C-2, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana y JUAN PABLO CONCHA GIRARDI, C.I. N° 9.470.441-3, domiciliado en calle El Arcángel N° 4.990, dpto 304, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada INMOBILIARIA CONCHA Y COMPAÑÍA SOCIEDAD LIMITADA, en el siguiente sentido: A) Aclararon y rectificaron el capital de la sociedad indicando que queda de la siguiente forma: queda de la siguiente forma: “QUINTO: El capital de la sociedad asciende actualmente a la suma de ochenta y seis millones cuatrocientos quince mil ciento trece pesos, enterados en la sociedad y distribuido entre los socios de la siguiente manera: a) FLORESTA INVERSIONES LIMITADA, la suma de siete millones cuatrocientos sesenta mil doscientos dieciséis pesos, equivalentes al ocho coma seis tres tres por ciento del total de los derechos sociales; b) don CRISTIÁN ANDRÉS CONCHA GIRARDI, la suma de un millón noventa y seis mil seiscientos ocho pesos, equivalentes al uno coma dos seis nueve por ciento del total de los derechos sociales; c) don JUAN PABLO CONCHA GIRARDI, la suma de un millón noventa y seis mil seiscientos ocho pesos, equivalentes al uno coma dos seis nueve por ciento del total de los derechos sociales; y, d) INVERSIONES LISA LIMITADA, la suma de setenta y seis millones setecientos sesenta y un mil seiscientos ochenta y un pesos, equivalentes al ochenta y ocho coma ocho dos nueve por ciento del total de los derechos sociales; todos los aportes ya ingresados a la caja social y que la sociedad declara haber recibido a su entera satisfacción”. B) CRISTIÁN ANDRÉS CONCHA GIRARDI, vendió, cedió y transfirió el 100% de su participación en INMOBILIARIA CONCHA Y COMPAÑÍA SOCIEDAD LIMITADA, equivalente al 1,269% del total de los derechos sociales; a INVERSIONES LISA LIMITADA, quien compró, adquirió y acepto. El precio de la cesión de derechos es la suma de $1.528.671, que INVERSIONES LISA LIMITADA, pagó en el acto mediante dinero en efectivo. C) JUAN PABLO CONCHA GIRARDI, vendió, cedió y transfirió el 100% de su participación en INMOBILIARIA CONCHA Y COMPAÑÍA SOCIEDAD LIMITADA, equivalente al 1,269% del total de los derechos sociales; a INVERSIONES LISA LIMITADA, quien compró, adquirió y acepto. El precio de la cesión de derechos es la suma de $1.528.671, que INVERSIONES LISA LIMITADA, pagó en el acto mediante dinero en efectivo. D) Modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de ochenta y seis millones cuatrocientos quince mil ciento trece pesos, enterados en la sociedad y distribuido entre los socios de la siguiente manera: a) FLORESTA INVERSIONES LIMITADA, la suma de siete millones cuatrocientos sesenta mil doscientos dieciséis pesos, equivalentes al ocho coma seis tres tres por ciento del total de los derechos sociales; y, b) INVERSIONES LISA LIMITADA, la suma de setenta y ocho millones novecientos cincuenta y cuatro mil ochocientos noventa y siete pesos, equivalentes al noventa y uno coma trescientos sesenta y siete por ciento del total de los derechos sociales; todos los aportes ya ingresados a la caja social y que la sociedad declara haber recibido a su entera satisfacción”. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Lo Espejo, 2 de marzo de 2021.