MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

WOLFPACK SpA

RUT 76446602-0 CVE 1910131
Fecha instrumento
12 de febrero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de febrero de 2021
Repertorio
3065-2021
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2°, comuna de Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 12 de febrero de 2021, Repertorio N° 3.065-2021, ante la notario Suplente doña Karina Flores Muñoz, doña ANDREA MONTSERRAT SAN MARTÍN VILA y don PABLO ANDRÉS PRIMAK, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad “PRODUCCIONES Y ASESORÍAS MACHUCA, PRIMAK Y SAN MARTÍN SpA”, modificaron los estatutos de la sociedad, inscrita a fojas 51.725 número 28.212 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2016, en el siguiente sentido: Uno) Se modificaron los estatutos de la Sociedad, según disposiciones indicadas en escritura extractada, que no son materia de extracto; Dos) Se reemplazó el ARTÍCULO PRIMERO de los estatutos por el siguiente: “El nombre de la sociedad es “WOLFPACK SpA””; Tres) Se reemplazó el ARTÍCULO SEGUNDO de los estatutos, por el siguiente: “El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La producción y realización de todo tipo de evento deportivo y recreacional; b) Comprar, vender, producir, importar, exportar, fabricar, comercializar y repartir, en el país o en el extranjero toda clase de productos alimenticios, vestuario y materiales y/o elementos y/o implementos y/o accesorios deportivos; c) Prestar todo tipo de servicios y asesorías en materias deportivas, alimentarias, de nutrición y terapias; d) Establecimiento de cafeterías, restaurantes, gimnasios y otros similares; f) Realizar el ejercicio de todo tipo de representación, mandato, comisión y consignación de empresas, sociedades, y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros, referentes a productos alimenticios, vestuario y materiales y/o elementos y/o implementos y/o accesorios deportivos; g) Realización de capacitaciones deportivas, alimentarias y otras. e) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.”; Cuatro) Se reemplazó el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos por el siguiente: ““El capital de la sociedad es de TRES MILLONES DE PESOS, dividido en tres millones de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que señala el ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO, de estos estatutos.”; Cinco) Se reemplazó el ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO de los estatutos por el siguiente: “El capital social, según se establece en el ARTÍCULO QUINTO del presente estatuto, es de TRES MILLONES DE PESOS, que se encuentra dividido en tres millones de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: Uno) Doña ANDREA MONTSERRAT SAN MARTÍN VILA suscribe un millón quinientas mil acciones, por la suma de un millón quinientos mil pesos, que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto. Dos) Don PABLO ANDRÉS PRIMAK suscribe un millón quinientas mil acciones, por la suma de un millón quinientos mil pesos, que se encuentran íntegramente pagados con anterioridad a este acto.”.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 11 de Marzo de 2021.