MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Reintegra Servicios Legales Limitada

RUT 76730037-9 CVE 1910129
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
17 de febrero de 2021
Notaría
Cuadragésima Novena Notaría de Santiago

Instrumento

Fecha
17 de febrero de 2021
Comuna
Cuadragésima Novena Notaría de Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, abogado, Notario Titular de la Notaría Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, Hermanos Amunátegui 391 local 1, Santiago, certifico: Por escritura Pública de fecha 17 de febrero de 2021, ante don SERGIO DANIEL ULLOA OJEDA, abogado, Notario Suplente de don WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ: 1.- don CARLOS IGNACIO VERA CAMPOS, doña ESTRELLA PÍA SAN MARTÍN TOLOZA, don FABIÁN ANDRÉS LOBOS MORENO, todos domiciliados en calle Compañía de Jesús 1068 oficina 800, Santiago, cedieron el porcentaje que se especifica, a don RICARDO JORGE GONZÁLEZ CIUDAD, de sus derechos sociales en la sociedad REINTEGRA SERVICIOS LEGALES LIMITADA, en la siguiente proporción: Estrella Pía San Martín Toloza, del 33,25% de los derechos sociales de que es propietaria, vende cede y transfiere, un 8,25% de la parte que le corresponde de sus derechos sociales a don Ricardo Jorge González Ciudad, ya individualizado, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión asciende a la cantidad de 1.100.000 pesos, que el cesionario paga a la cedente de la forma referida en la cláusula cuarta. Asimismo, Fabián Andrés Lobos Moreno, del 33,5% de los derechos sociales de que es propietario, vende cede y transfiere un 8,5% de la parte que le corresponde, a don Ricardo Jorge González Ciudad, ya individualizado, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión asciende a la cantidad de 1.133.333 pesos, que la cesionaria paga a la cedente de la forma referida en la cláusula cuarta. Por su parte, Carlos Ignacio Vera Campos, del 33,25% de los derechos sociales de que es propietario, vende cede y transfiere, un 8,25% de la parte que le corresponde de sus derechos sociales, a don Ricardo Jorge González Ciudad, ya individualizado, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión asciende a la cantidad de 1.100.000, que el cesionario paga a la cedente de la forma referida en la cláusula cuarta. 2.- Que se modificaron los estatutos sociales de la sociedad referida, en cuanto a establecerse que La administración y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don CARLOS IGNACIO VERA CAMPOS, y, a don FABIÁN ANDRÉS LOBOS MORENO, con amplias facultades, pudiendo ambos actuar de forma separada o conjunta, con las más amplias facultades de administración y disposición. 3.- El capital social es la suma de 5.000.000 pesos, capital completamente pagado y aportado por los socios en las siguientes proporciones: a) don Carlos Ignacio Vera Campos, con un 25% de los derechos sociales, equivalentes a 1.225.000 b) doña Estrella Pía San Martín Toloza, con un 25% de los derechos sociales, equivalentes a 1.225.000 pesos; c) don Fabián Andrés Lobos Moreno, con un 25% de los derechos sociales, equivalentes a 1.225.000 pesos; y d) don Ricardo Jorge González Ciudad, con un 25% de los derechos sociales, equivalentes a 1.225.000 pesos. Santiago, 11 de Marzo de 2021.