CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ANKA INVERSIONES SpA

RUT 17096478-0 CVE 1909822
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de marzo de 2021
Notaría
Iquique
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
1 de marzo de 2021
Notario
IVANN RODRIGO RAMOS GODOY
Oficio
titular de la IV Notaría de Iquique
Comuna
Iquique

Sociedad

N. fantasía
"ANKA SpA"
Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Iquique
Duración
Indefinida

Objeto social

será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; asumir la administración de toda clase de bienes; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; invertir en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar asociada o en co-participación con terceros y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria y de inversiones; y cualquier otro negocio que acordaren los socios

Administración

Corresponde a don ALEJANDRO SEBASTIAN COFRE MORALES, y RODRIGO ANTONIO COFRE MORALES, quienes actuando conjunta o separadamente ejercerán el cargo de Gerente General, con facultades establecidas en Artículo Décimo, del Título Tercero, del estatuto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVANN RODRIGO RAMOS GODOY, Notario Público Suplente del titular de la IV Notaría de Iquique, don CARLOS ERNESTO VILA MOLINA, con oficio en calle Patricio Lynch Nº525, Iquique, certifica: Por escritura pública de fecha 01 de marzo de 2021, ante mí, don ALEJANDRO SEBASTIAN COFRE MORALES, chileno, soltero, ingeniero civil informático, C.I. N° 17.096.478-0, domiciliado en calle Genaro Gallo N° 1332, comuna y provincia de Iquique; y don RODRIGO ANTONIO COFRE MORALES, chileno, conviviente civil y separado totalmente de bienes, ingeniero en metalurgia, C.I. N° 18.005.130-9, domiciliado en Block Diez, Montesol Tres, Valle del Sol N° 3342, comuna de Alto Hospicio, provincia de Iquique; vienen en constituir una sociedad por acciones, cuyos estatutos se expresan en extracto que se indica a continuación. Nombre: ANKA INVERSIONES SpA. Nombre de Fantasía: "ANKA SpA".- Objeto: será la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; asumir la administración de toda clase de bienes; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; invertir en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales de toda clase, como ser acciones, bonos, debentures; y, en general, invertir en cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar asociada o en co-participación con terceros y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria y de inversiones; y cualquier otro negocio que acordaren los socios accionistas. Domicilio: Iquique, sin perjuicio de establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero.- Duración: Indefinida.- Capital: $10.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas de la siguiente forma: Don Alejandro Sebastían Cofré Morales, suscribe 50 acciones, totalmente pagadas en la suma de $5.000.000, en efectivo, que ingresa a la caja social; don Rodrigo Antonio Cofré Morales, suscribe 50 acciones, totalmente pagadas en la suma de $5.000.000, en efectivo, que ingresa a la caja socia. Administración: Corresponde a don ALEJANDRO SEBASTIAN COFRE MORALES, y RODRIGO ANTONIO COFRE MORALES, quienes actuando conjunta o separadamente ejercerán el cargo de Gerente General, con facultades establecidas en Artículo Décimo, del Título Tercero, del estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Iquique, 09 de Marzo de 2021.