AGRÍCOLA ANDRA MARI LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de marzo de 2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $28.700 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| AGRÍCOLA ANDRA MARI LIMITADA | socio | 76144713-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CRISTIAN BERRÍOS CASTRO, Abogado, Notario Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago, don LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, ambos domiciliados en calle Huérfanos N°941 Local 302, Pasaje Matte, comuna y ciudad de Santiago, certifica que, con fecha 10 de Marzo de 2021, ante mí, Carlos Jorge Humberto Spoerer Urrutia, María Cristina Vélez Calisto, Carlos Jorge Spoerer Vélez y Martín Spoerer Vélez, todos domiciliados en Magdalena 140 oficina 1601, Las Condes, Santiago, modificaron sociedad de responsabilidad limitada AGRÍCOLA ANDRA MARI LIMITADA, RUT 76.144.713-0, inscrita a fs. 20.735 N°15.719, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011 así: 1) Carlos Jorge Humberto Spoerer Urrutia vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales ascendentes a un 1% del capital social a Carlos Jorge Spoerer Vélez. 2) María Cristina Vélez Calisto vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales ascendentes a un 1% del capital social a Martín Spoerer Vélez. A consecuencia de las cesiones de derechos anteriores, se retiran de la sociedad Agrícola Andra Mari Limitada, Carlos Jorge Humberto Spoerer Urrutia y María Cristina Vélez Calisto, quedando como únicos socios Carlos Jorge Spoerer Vélez con un 50% del haber social y Martín Spoerer Vélez con un 50% del haber social. Los actuales socios, modifican cláusula tercera de los estatutos sociales por la siguiente: “ARTICULO TERCERO: El capital de la sociedad es la suma de $28.700.000 que los socios han aportado en dinero en las siguientes proporciones: 50% por CARLOS JORGE SPOERER VÉLEZ y 50% por MARTÍN SPOERER VÉLEZ. La responsabilidad personal de los socios permanece limitada al monto de sus aportes”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de Marzo de 2021.-Juan Cristian Berríos Castro.- Notario Suplente.