MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS PROFESIONALES E INVERSIONES HERRERA Y RIQUELME LIMITADA

RUT 76852560-9 CVE 1909676
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de febrero de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
23 de febrero de 2021
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
3 años prorrogable

Objeto social

a) la administración y prestación de servicios y consultas médicas de toda clase en todas las ramas y especialidades, por cuenta propia o ajena, en forma directa o a través de convenios, sea particulares o beneficiarios de fondo nacional de Salud o institutos de salud previsional; procedimientos e intervenciones quirúrgicas, licitaciones tales como en hospitales de listas de espera servicios de bienestar u otras licitaciones relacionadas con actividades médicas; y toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con servicios médicos; b) la explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de tercero de toda clase de bienes inmuebles; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes, tales como equipos médicos y otros bienes afines a la actividad médica u odontológica; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho, y d) asesoramiento empresarial y en materia de gestión

Administración

La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá indistintamente y de forma separada a don ANDRES EDUARDO HERRERA VIDELA y a doña LAURA MARIA RIQUELME PEDREROS, amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Matte, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 23 de Febrero de 2021 otorgada ante mí, los comparecientes: ANDRES EDUARDO HERRERA VIDELA, LAURA MARIA RIQUELME PEDREROS, MARIA JOSE RIQUELME PEDREROS y SOFIA AMPARO DOBERTI HERRERA, todos domiciliados en pasaje El Nogal N° 1591, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y de paso por ésta, suscribieron contrato de TRANSFORMACION DE SOCIEDAD DE “SERVICIOS PROFESIONALES E INVERSIONES HERRERA Y RIQUELME LIMITADA” A “SERVICIOS PROFESIONALES E INVERSIONES HERRERA Y RIQUELME SpA”, Sociedad constituida por escritura pública con fecha 11-04-2007 ante don ALVARO BIANCHI ROSAS, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, cuyo extracto fue inscrito en el registro de comercio de Santiago a fojas 15.482, bajo el número 11.446 del año 2007. Fue modificada por escritura pública con fecha 26-10-2011 ante don GASTON SANTIBAÑEZ SOTO, Notario de la Trigésima Notaría de Santiago, cuyo extracto fue inscrito en el registro de comercio de Santiago a fojas 64.175, bajo el número 47.200 del año 2011. Fue modificada por escritura pública con fecha 16-12-2016 ante don PABLO ALBERTO GONZALEZ CAAMAÑO, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, cuyo extracto fue inscrito en el registro de comercio de Santiago a fojas 4.168, bajo el número 2.327 veintisiete del año 2017, la que se modifica quedando de la siguiente manera: doña SOFIA AMPARO DOBERTI HERRERA, quien por este acto se retira de la sociedad, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales correspondiente al veinticuatro por ciento de la sociedad, los cuales se enajenan de la siguiente manera: a) vende, cede y transfiere el 8% de sus derechos en la sociedad al socio don ANDRES EDUARDO HERRERA VIDELA, quien compra y adquiere para sí en la suma de $609.393,68 que el cesionario paga al cedente en dinero en efectivo en este acto a la más completa y total conformidad del cedente; b) vende, cede y transfiere el 8% de sus derechos en la sociedad al socio doña LAURA MARIA RIQUELME PEDREROS, quien compra y adquiere para sí en la suma de $609.393,68 que el cesionario paga al cedente en dinero en efectivo en este acto a la más completa y total conformidad del cedente; c) vende, cede y transfiere el 8% de sus derechos en la sociedad al socio doña MARIA JOSE RIQUELME PEDREROS, quien compra y adquiere para sí en la suma de $609.393,68 que el cesionario paga al cedente en dinero en efectivo en este acto a la más completa y total conformidad del cedente. De esta forma la sociedad queda constituida luego de la cesión de derechos por comparecientes don ANDRES EDUARDO HERRERA VIDELA, dueño de un 36% de los derechos en la sociedad, doña LAURA MARIA RIQUELME PEDREROS, dueña de un 32% de los derechos en la sociedad y doña MARIA JOSE RIQUELME PEDREROS, dueña de un 32% de los derechos en la sociedad. Conformado el nuevo número de socios, y conforme lo prevenido en los artículos 96 y siguientes de la Ley Sobre Sociedades Anónimas número 18.046 y sus modificaciones, y su Reglamento, éstas vienen en modificar el pacto social, transformando la sociedad “SERVICIOS PROFESIONALES E INVERSIONES HERRERA Y RIQUELME LIMITADA” RUT 76.852.560-9, en una Sociedad por Acciones, la cual se regirá por los estatutos siguientes, y en lo no previsto en ellos, tanto en las disposiciones del Código de Comercio como por las disposiciones de la ley sobre Sociedades Anónimas referida. RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la sociedad será “SERVICIOS PROFESIONALES E INVERSIONES HERRERA Y RIQUELME SpA”, la que podrá actuar válida e indistintamente ante terceros, incluidos Instituciones Públicas y Privadas, Bancos e Instituciones Financieras, y toda otra persona natural o jurídica, con el nombre de fantasía “HERRERA Y RIQUELME SpA”. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Sin perjuicio de ello, podrá establecer oficinas, filiales, sucursales o corresponsales en otras ciudades del país. OBJETO: a) la administración y prestación de servicios y consultas médicas de toda clase en todas las ramas y especialidades, por cuenta propia o ajena, en forma directa o a través de convenios, sea particulares o beneficiarios de fondo nacional de Salud o institutos de salud previsional; procedimientos e intervenciones quirúrgicas, licitaciones tales como en hospitales de listas de espera servicios de bienestar u otras licitaciones relacionadas con actividades médicas; y toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con servicios médicos; b) la explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de tercero de toda clase de bienes inmuebles; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes, tales como equipos médicos y otros bienes afines a la actividad médica u odontológica; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho, y d) asesoramiento empresarial y en materia de gestión. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, el cual estará dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, sin privilegios y de igual valor cada una, las que se suscriben y pagan del siguiente modo: don ANDRES EDUARDO HERRERA VIDELA suscribe 36 acciones, por la suma de $360.000, las cuales se enteran en efectivo en este acto al capital social; doña LAURA MARIA RIQUELME PEDREROS suscribe 32 acciones, por la suma de $320.000, las cuales se enteran en efectivo en este acto al capital social y doña MARIA JOSE RIQUELME PEDREROS suscribe 32 acciones, por la suma de $320.000, las cuales se enteran en efectivo en este acto al capital social; ADMINISTRACIÓN: La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá indistintamente y de forma separada a don ANDRES EDUARDO HERRERA VIDELA y a doña LAURA MARIA RIQUELME PEDREROS, amplias facultades. CAPITAL: $1.000.000. DURACIÓN: 3 años prorrogable. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 10 de Marzo de 2021.