SERVICIOS PROFESIONALES E INVERSIONES HERRERA Y RIQUELME LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de febrero de 2021
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- 3 años prorrogable
Objeto social
a) la administración y prestación de servicios y consultas médicas de toda clase en todas las ramas y especialidades, por cuenta propia o ajena, en forma directa o a través de convenios, sea particulares o beneficiarios de fondo nacional de Salud o institutos de salud previsional; procedimientos e intervenciones quirúrgicas, licitaciones tales como en hospitales de listas de espera servicios de bienestar u otras licitaciones relacionadas con actividades médicas; y toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con servicios médicos; b) la explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de tercero de toda clase de bienes inmuebles; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes, tales como equipos médicos y otros bienes afines a la actividad médica u odontológica; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho, y d) asesoramiento empresarial y en materia de gestión
Administración
La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá indistintamente y de forma separada a don ANDRES EDUARDO HERRERA VIDELA y a doña LAURA MARIA RIQUELME PEDREROS, amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Huérfanos N°941, local 302, Pasaje Matte, comuna de Santiago. CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 23 de Febrero de 2021 otorgada ante mí, los comparecientes: ANDRES EDUARDO HERRERA VIDELA, LAURA MARIA RIQUELME PEDREROS, MARIA JOSE RIQUELME PEDREROS y SOFIA AMPARO DOBERTI HERRERA, todos domiciliados en pasaje El Nogal N° 1591, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y de paso por ésta, suscribieron contrato de TRANSFORMACION DE SOCIEDAD DE “SERVICIOS PROFESIONALES E INVERSIONES HERRERA Y RIQUELME LIMITADA” A “SERVICIOS PROFESIONALES E INVERSIONES HERRERA Y RIQUELME SpA”, Sociedad constituida por escritura pública con fecha 11-04-2007 ante don ALVARO BIANCHI ROSAS, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, cuyo extracto fue inscrito en el registro de comercio de Santiago a fojas 15.482, bajo el número 11.446 del año 2007. Fue modificada por escritura pública con fecha 26-10-2011 ante don GASTON SANTIBAÑEZ SOTO, Notario de la Trigésima Notaría de Santiago, cuyo extracto fue inscrito en el registro de comercio de Santiago a fojas 64.175, bajo el número 47.200 del año 2011. Fue modificada por escritura pública con fecha 16-12-2016 ante don PABLO ALBERTO GONZALEZ CAAMAÑO, Notario Público Titular de la Novena Notaría de Santiago, cuyo extracto fue inscrito en el registro de comercio de Santiago a fojas 4.168, bajo el número 2.327 veintisiete del año 2017, la que se modifica quedando de la siguiente manera: doña SOFIA AMPARO DOBERTI HERRERA, quien por este acto se retira de la sociedad, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales correspondiente al veinticuatro por ciento de la sociedad, los cuales se enajenan de la siguiente manera: a) vende, cede y transfiere el 8% de sus derechos en la sociedad al socio don ANDRES EDUARDO HERRERA VIDELA, quien compra y adquiere para sí en la suma de $609.393,68 que el cesionario paga al cedente en dinero en efectivo en este acto a la más completa y total conformidad del cedente; b) vende, cede y transfiere el 8% de sus derechos en la sociedad al socio doña LAURA MARIA RIQUELME PEDREROS, quien compra y adquiere para sí en la suma de $609.393,68 que el cesionario paga al cedente en dinero en efectivo en este acto a la más completa y total conformidad del cedente; c) vende, cede y transfiere el 8% de sus derechos en la sociedad al socio doña MARIA JOSE RIQUELME PEDREROS, quien compra y adquiere para sí en la suma de $609.393,68 que el cesionario paga al cedente en dinero en efectivo en este acto a la más completa y total conformidad del cedente. De esta forma la sociedad queda constituida luego de la cesión de derechos por comparecientes don ANDRES EDUARDO HERRERA VIDELA, dueño de un 36% de los derechos en la sociedad, doña LAURA MARIA RIQUELME PEDREROS, dueña de un 32% de los derechos en la sociedad y doña MARIA JOSE RIQUELME PEDREROS, dueña de un 32% de los derechos en la sociedad. Conformado el nuevo número de socios, y conforme lo prevenido en los artículos 96 y siguientes de la Ley Sobre Sociedades Anónimas número 18.046 y sus modificaciones, y su Reglamento, éstas vienen en modificar el pacto social, transformando la sociedad “SERVICIOS PROFESIONALES E INVERSIONES HERRERA Y RIQUELME LIMITADA” RUT 76.852.560-9, en una Sociedad por Acciones, la cual se regirá por los estatutos siguientes, y en lo no previsto en ellos, tanto en las disposiciones del Código de Comercio como por las disposiciones de la ley sobre Sociedades Anónimas referida. RAZÓN SOCIAL: El nombre o razón social de la sociedad será “SERVICIOS PROFESIONALES E INVERSIONES HERRERA Y RIQUELME SpA”, la que podrá actuar válida e indistintamente ante terceros, incluidos Instituciones Públicas y Privadas, Bancos e Instituciones Financieras, y toda otra persona natural o jurídica, con el nombre de fantasía “HERRERA Y RIQUELME SpA”. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Sin perjuicio de ello, podrá establecer oficinas, filiales, sucursales o corresponsales en otras ciudades del país. OBJETO: a) la administración y prestación de servicios y consultas médicas de toda clase en todas las ramas y especialidades, por cuenta propia o ajena, en forma directa o a través de convenios, sea particulares o beneficiarios de fondo nacional de Salud o institutos de salud previsional; procedimientos e intervenciones quirúrgicas, licitaciones tales como en hospitales de listas de espera servicios de bienestar u otras licitaciones relacionadas con actividades médicas; y toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con servicios médicos; b) la explotación, compra, venta, administración, arriendo y cualquier otro acto o contrato relacionado con bienes raíces urbanos, rurales o agrícolas sean estos propios o ajenos, así como la intermediación y comercialización en forma directa o indirecta por cuenta propia o de tercero de toda clase de bienes inmuebles; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes, tales como equipos médicos y otros bienes afines a la actividad médica u odontológica; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho, y d) asesoramiento empresarial y en materia de gestión. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, el cual estará dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, sin privilegios y de igual valor cada una, las que se suscriben y pagan del siguiente modo: don ANDRES EDUARDO HERRERA VIDELA suscribe 36 acciones, por la suma de $360.000, las cuales se enteran en efectivo en este acto al capital social; doña LAURA MARIA RIQUELME PEDREROS suscribe 32 acciones, por la suma de $320.000, las cuales se enteran en efectivo en este acto al capital social y doña MARIA JOSE RIQUELME PEDREROS suscribe 32 acciones, por la suma de $320.000, las cuales se enteran en efectivo en este acto al capital social; ADMINISTRACIÓN: La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá indistintamente y de forma separada a don ANDRES EDUARDO HERRERA VIDELA y a doña LAURA MARIA RIQUELME PEDREROS, amplias facultades. CAPITAL: $1.000.000. DURACIÓN: 3 años prorrogable. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 10 de Marzo de 2021.