CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MERCEDES VALENZUELA PROPIEDADES SpA

CVE 1908885
Fecha instrumento
4 de marzo de 2021

Instrumento

Fecha
4 de marzo de 2021
Notario
JAIME ANDRES BERNALES LARRAIN
Domicilio
Santiago

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto el corretaje de propiedades, compra y venta de bienes muebles e inmuebles, representación de personas naturales y jurídicas en la adquisición, venta, arriendo, cesión, de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales, y en general, todas las actividades relacionadas directa o indirecta con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAIME ANDRES BERNALES LARRAIN, Abogado, Notario Público Titular Santiago, con oficio en Avenida Vicuña Mackenna Oriente 7163, La Florida, certifica: por escritura de hoy, ante mí: doña AUSTELINA DE LAS MERCEDES VALENZUELA MONSALVE, constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social: MERCEDES VALENZUELA PROPIEDADES SpA., que usará inclusive en bancos nombre de fantasía “”VALENZUELA PROPIEDADES, MVA PROPIEDADES, MVAL PROPIEDADES O MERCEDES VALENZUELA PROPIEDADES.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto el corretaje de propiedades, compra y venta de bienes muebles e inmuebles, representación de personas naturales y jurídicas en la adquisición, venta, arriendo, cesión, de bienes inmuebles, sean urbanos o rurales, y en general, todas las actividades relacionadas directa o indirecta con el objeto social. La administración, representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a doña AUSTELINA DE LAS MERCEDES VALENZUELA MONSALVE, quien, anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, pudiendo delegar total o parcialmente sus facultades; Capital: El capital social es un millón de pesos, dividido en cien acciones ordinarias nominativas de una sola clase, de igual valor y sin valor nominal, suscrito y pagado íntegramente por don Austelina de las Mercedes Valenzuela Monsalve, en el acto de constitución;.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.Santiago 04 de Marzo de 2021.