CONSTITUCIÓN Sociedad Anónima

INMOBILIARIA MACUL S.A.

CVE 1909050
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de octubre de 2011
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
12 de octubre de 2011
Notario
IVÁN TAMARGO BARROS
Oficio
Quincuagésima primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley Nº 19.499

Objeto social

compra venta, administración y explotación, a cualquier título de toda clase de bienes raíces, urbanos y rurales, la realización de proyectos inmobiliarios y, en general, la realización de cualquier otro acto de comercio que el Directorio acuerde

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TAMARGO BARROS, Notario Público Titular de la Quincuagésima primera Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Nueva Providencia número dos mil seiscientos treinta y cinco, comuna de Providencia, CERTIFICA: que con fecha hoy ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria Accionista de “Inmobiliaria Macul S.A.”, en la cual se acordó y aprobó lo siguiente: 1) Por publicación e inscripción fuera del plazo legal de extracto de la constitución de la sociedad por escritura otorgada en la 51° Notaría de Santiago de don Iván Tamargo Barros el 12 de octubre de 2011,según inscripción a fojas 1598, N°866, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, y publicado su respectivo extracto en el Diario Oficial de la República de Chile, el 08 de febrero del año 2019, acuerdan saneamiento conforme Ley Nº 19.499de Sociedad anónima cerrada denominada “INMOBILIARIA MACUL S.A.”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio sucursales en el país o extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: compra venta, administración y explotación, a cualquier título de toda clase de bienes raíces, urbanos y rurales, la realización de proyectos inmobiliarios y, en general, la realización de cualquier otro acto de comercio que el Directorio acuerde.- Capital: $20.000.000.-, dividido cien acciones nominativas, sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado; 2) Acuerda rectificar el extracto antes citado, en la fecha de la escritura de constitución, donde indica: “escritura pública de fecha doce de octubre del año dos mil diez”, debe decir: “escritura pública de fecha doce de octubre del año dos mil once”; 3) Aprueba enajenación y poderes; 4) Designa Directorio provisorio; 5) Otorga poderes amplios de representación de la sociedad y para ejecutar lo acordado a don Rodrigo Ignacio Fredes Retamal, para representar a la sociedad según detalla en extenso.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 11 de febrero del 2021.-