MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

TUO CAFFE SpA

RUT 76462144-1 CVE 1908098
Fecha instrumento
3 de septiembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de septiembre de 2019
Notario
PABLO ENRIQUE PIEDRABUENA FIGUEROA
Oficio
12 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ENRIQUE PIEDRABUENA FIGUEROA, Notario Público Interino 12 Notaría de Santiago, Teatinos 331, certifica: Que por escritura pública hoy ante mí, JUAN ANTONIO DIAZ BEJARES, comerciante, c.i. 13.040.941-5, Las Camelias Norte 1363, Lampa, y MARCOS ANDRES DIAZ LOBOS; arquitecto, c.i. 15.784.637-K, Avenida Presidente Kennedy 7.666, depto.301, Vitacura, modificaron sociedad por acciones denominada “TUO CAFFE SpA”, Rut 77.102.041-0 constituida 3 Septiembre 2019, otorgada Notaría de Santiago de don Patricio Hernán Cathalifaud Moroso, inscrita a fojas 95.726 N°47.012 Registro Comercio Santiago año 2019, y se publicó D.O.13.diciembre.2019. ASI: amplían objeto de la CLAUSULA CUARTA, agregándole al final “utensilios y máquinas de café y todo tipo de alimentos comestibles y líquidos” Amplían las facultades del gerente general en el sentido de agregar lo siguiente: representar a la sociedad en los Bancos nacionales o extranjeros, estatales o particulares, con las facultades que puedan necesitarse, darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza, abrir y cerrar cuentas corrientes bancarias, de depósito y/o créditos, y especiales, en los bancos o instituciones similares, en el país o en el extranjero, depositar, girar y sobregirar en ellas, desde o hacia el extranjero, imponerse de su movimiento y cerrar unas y otras, todo ello tanto en moneda nacional como extranjera, aprobar y objetar saldos, retirar talonarios de cheques o cheques sueltos; suspender y retirar depósitos; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento; colocar y retirar dinero o valores, sea en moneda nacional o extranjera, en depósito, custodia o garantía y cancelar los certificados respectivos; abrir acreditivos en moneda extranjera; efectuar operaciones de cambio; tomar boletas de garantía; realizar operaciones de crédito de dinero; invertir dineros de la sociedad en fondos mutuos, depósitos de cualquier tipo, en moneda nacional o extranjera, bonos, papeles valorados y en general en cualquier instrumento de inversión, cobrar dichos valores, reinvertirlos, y, en general, efectuar toda clase de operaciones bancarias, en moneda nacional o extranjera, con instituciones públicas o privadas, sean nacionales o extranjeras. En todo lo que no se modifica seguirán vigentes estipulaciones pacto social. Santiago, a 15 febrero 2021.