MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inmobiliaria y Sociedad de Inversiones Rentas Futuras CEC Limitada

RUT 76963317-0 CVE 1907699
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
5 de marzo de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de marzo de 2021
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será el arrendamiento, subarrendamiento o cualquier otra forma de cesión del uso o goce de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluyendo inmuebles amoblados, para lo cual también podrá actuar como corredora de propiedades por cuenta propia o de terceros. La inversión, compra y)o venta, exportación, importación, comercialización, intermediación y transporte, uso, y goce, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, muebles, inmuebles, corporales, incorporales, acciones, valores y en general de cualquier documento negociable o transable tanto en el ámbito bancario, financiero o bursátil; pudiendo adquirir, usar, gozar y enajenar a cualquier título los señalados bienes, administrarlos y percibir sus frutos. La explotación directa o indirecta, mediante adquisición de franquicias o marcas, tanto nacionales como internacionales, de cualquier tipo, ya sea ventas de productos o prestación de servicios. Se incluyen en el desarrollo del objeto los actos jurídicos antes mencionados, concernientes con plásticos, polímeros o no, papeles, envases, desechos industriales, maquinarias y otros relacionados. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos, e incluso constituir o incorporarse a otras Sociedades, pudiendo los socios acordar la ejecución y desarrollo de cualquier acto o contrato que de común acuerdo estipulen, aún, cuando no se encuentre dentro de los objetos señalados en esta cláusula.”. 3° En todo lo no modificado se mantienen vigentes las

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA E INVERSIONES RENTAS FUTURAS CEC E.I.R.L socio 76963317-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico: Por escritura pública de 05 de marzo de 2021, ante mi, don LUIS FERNANDO RODRIGO VALLEBONA, chileno, casado en régimen de separación total de bienes, empresario, CNI 8.517.725-7, y doña CLAUDIA ALEJANDRA ESCOBAR CAÑAS, chilena, casada en régimen de separación total de bienes, ingeniero comercial, CNI 10.853.132-0, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida La Plaza 865, casa 35, Las Condes, Stgo.; expusieron: 1°: 1) LUIS FERNANDO RODRIGO VALLEBONA constituyó la empresa LUIS FERNANDO RODRIGO VALLEBONA, INMOBILIARIA E INVERSIONES RENTAS FUTURAS CEC E.I.R.L., RUT 76.963.317-0, por escritura pública de fecha 11 diciembre 2018, ante Notario Público de Stgo. Luis Ignacio Manquehual Mery, y cuyo extracto se inscribió a fs. 94.489 N° 48.507 en Registro de Comercio del CBR de Stgo., correspondiente al 2018, y se publicó en el Diario Oficial el 15 diciembre 2018. Dos) Mediante escritura pública de 15 de julio de 2020 ante el Notario Público de Stgo. Luis Ignacio Manquehual Mery, se modificó el capital de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, disminuyéndolo de $2.000.000 a $100.000, y cuyo extracto se inscribió a fs. 56.861 N° 26.927 en Registro de Comercio del CBR de Stgo., correspondiente al 2020, y se publicó en el Diario Oficial el 11 septiembre 2020. Tres) Mediante escritura pública de 30 septiembre 2020, otorgada ante Notario Público de Stgo. Luis Ignacio Manquehual Mery, se transformó la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada señalada anteriormente, en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya razón social es "INMOBILIARIA Y SOCIEDAD DE INVERSIONES RENTAS FUTURAS CEC LIMITADA". Para esos efectos se acordó aumentar el capital social de $100.000 a $166.666.667. Un extracto de esta escritura se inscribió a fs. 68.488 N° 32.792 en el Registro de Comercio del CBR Stgo., correspondiente al año 2020, y se publicó en el Diario Oficial el 26 octubre 2020. 2°: Como únicos socios de la referida sociedad, modifican los estatutos en los siguientes términos: a) Se modifica la razón social de la sociedad, reemplazándose la cláusula TERCERA de los estatutos por la siguiente: “TERCERO. RAZON SOCIAL. El nombre o razón social será "SOCIEDAD DE INVERSIONES RENTAS FUTURAS CEC LIMITADA", sin perjuicio de lo anterior la Sociedad podrá usar ante toda clase de personas naturales y jurídicas, autoridades, asociaciones, bancos y demás sujetos de derecho, sean público o privados, el nombre de fantasía, con el nombre de fantasía RENTAS FUTURAS CEC LTDA.”. b) Se amplía el objeto social, reemplazándose la cláusula QUINTA de los estatutos por la siguiente: “QUINTO. OBJETO. El objeto de la sociedad será el arrendamiento, subarrendamiento o cualquier otra forma de cesión del uso o goce de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, incluyendo inmuebles amoblados, para lo cual también podrá actuar como corredora de propiedades por cuenta propia o de terceros. La inversión, compra y/o venta, exportación, importación, comercialización, intermediación y transporte, uso, y goce, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes, muebles, inmuebles, corporales, incorporales, acciones, valores y en general de cualquier documento negociable o transable tanto en el ámbito bancario, financiero o bursátil; pudiendo adquirir, usar, gozar y enajenar a cualquier título los señalados bienes, administrarlos y percibir sus frutos. La explotación directa o indirecta, mediante adquisición de franquicias o marcas, tanto nacionales como internacionales, de cualquier tipo, ya sea ventas de productos o prestación de servicios. Se incluyen en el desarrollo del objeto los actos jurídicos antes mencionados, concernientes con plásticos, polímeros o no, papeles, envases, desechos industriales, maquinarias y otros relacionados. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos, e incluso constituir o incorporarse a otras Sociedades, pudiendo los socios acordar la ejecución y desarrollo de cualquier acto o contrato que de común acuerdo estipulen, aún, cuando no se encuentre dentro de los objetos señalados en esta cláusula.”. 3° En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social de la sociedad..- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 05 de marzo de 2021.- Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Titular.-