MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Castor Partners SpA

RUT 77266287-4 CVE 1907770
Capital
$25.203.594 CLP
Fecha instrumento
26 de febrero de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de febrero de 2021
Notario
ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
Oficio
16ª Notaria Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$25.203.594 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Notario Público Titular 16ª Notaria Santiago, San Sebastián 2750, Las Condes, certifico: por escritura de 26-02-2021, ante mi suplente Gonzalo Sergio Mendoza Guiñez y autorizada por mi, en conformidad Art. 402 C.O.T., se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Accionistas de la sociedad por acciones "CASTOR PARTNERS SpA”, RUT N° 77.266.287-4, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 73813, número 35433 del año 2020, celebrada ante mí, la cual acordó aumentar el capital social de la compañía de los actuales $25.203.594, dividido en 1400 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $76.500.000, dividido en 4250 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 2850 nuevas acciones. El capital se encuentra en parte suscrito y pagado como sigue: a) Con la suma de 1400 acciones que fueron suscritas y parcialmente pagadas con anterioridad a esta fecha, según capital original; y b) De las restantes 2850 acciones, que representan $51.296.406, y que corresponden al aumento de capital acordado en la escritura extractada, cien son suscritas y pagadas íntegramente en este acto por doña Javiera Paz Zacharias Molina, cien son suscritas y pagadas íntegramente en este acto por doña Fernanda Ana María Seoane Magnasco; y cien son suscritas y pagadas íntegramente en este acto por don Robert Max Lindeen de la Fuente. El esto, equivalente a 2550 acciones deberán ser colocadas a un precio no inferior de $18.000 por acción, y deberán quedar suscritas y pagadas en dinero efectivo o mediante la capitalización de créditos que el suscriptor tenga en contra de la sociedad, dentro del plazo de tres años a contar de la fecha de aumento de capital. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 08 Marzo de 2021.