Servicios Gastronómicos Val Di Non SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de febrero de 2021
- Repertorio
- 961
- Notario
- OSCAR SOTO HERNÁNDEZ
- Oficio
- Segunda Notaría de La Serena
- Comuna
- La Serena
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOSCAR SOTO HERNÁNDEZ, Abogado, Notario Público de la Segunda Notaría de La Serena, Suplente del Interino don Jesús Osses Reveco con domicilio en calle Cordovez 588, Local 108, Certifico: Por escritura pública de fecha 22 de Febrero de 2021, Repertorio 961 ante el Notario Interino don Jesús Osses Reveco: Don CRISTIAN EUGENIO MUNDACA MURA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor comercio, cédula nacional de identidad número once millones setecientos treinta y un mil ciento veintinueve guión cinco, mayor de edad y domiciliado en calle Prat número quinientos ochenta y uno de La Serena, por si y en representación Don PABLO ANTONIO CONTADOR SAEZ, chileno, casado con separación total de bienes, agricultor, cédula de identidad número (11.824.215-7) once millones ochocientos veinticuatro mil doscientos quince guion siete, domiciliado en sector la laja comuna de Vicuña, y expone: Con fecha a diecisiete de Abril del año dos mil diecinueve, ante don JOHN GALLARDO GOMEZ, Abogado, Notario Público Suplente del titular don Oscar Fernández Mora, según Resolución de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de La Serena, de fecha nueve de Abril del dos mil diecinueve y decreto Económico número veinticuatro del tercer juzgado de letras de la serena, de fecha nueve de abril del año dos mil diecinueve, ambas copias autorizadas se encuentran protocolizadas bajo el número ciento cuarenta y cinco, al final del protocolo de instrumentos público, con domicilio en calle Cordovez número quinientos ochenta y ocho, oficina ciento ocho, Edificio Don Oscar, se modificó por escritura pública SERVICIOS GASTRONOMICOS VAL DI NON SpA, cuyo nombre de fantasía es PRONTO PIZZA SpA, según repertorio Nº 2899-2019 cuyo extracto no fue publicado en el Diario oficial, y dicha extracto de la escritura de modificación de sociedad no fue inscrita en el Registro de Comercio en el Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo. Considerando que el vicio formal de la falta de publicación del extracto en el Diario Oficial en tiempo y de su inscripción dentro del plazo legal en el registro de comercio en el Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, que constituye un vicio formal que afectan a la modificación de la sociedad , el compareciente viene en sanear dicho vicio de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero de la Ley Diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, ratificando íntegramente todos los pactos acordados en la escritura de modificación. RECTIFICACION Y ACLARACIÓN: A) Con el fin de subsanar el error en el epígrafe, vengo en rectificar y aclarar el título del nombre de fantasía en de la escritura, ya singularizada, debiendo decir correctamente PRONTO PIZZA SpA”. B) Con el fin de subsanar el error en la cláusula segunda de escritura de modificación debe decir correctamente, “Esta compañía ha sido objeto de una modificación por escritura pública con fecha doce de junio de dos mil trece en la segunda Notaria de esta comuna ante don Oscar Fernández Mora por escritura pública de modificación, cesión y transformación de sociedad cuyo extracto fue publicado en el diario oficial dentro del plazo y se encuentra inscrita a fojas 747 bajo el número 471 en el Registro de Comercio del Conservador de bienes raíces de Coquimbo del año dos mil trece, cuya razón social bajo la modificación corresponde a SERVICIOS GASTRONOMIA VAL DI NON SpA ,cuyo nombre de fantasía es PRONTO PIZZA SPA”. La capacidad de CRISTIAN EUGENIO MUNDACA MURA para representar a Don PABLO ANTONIO CONTADOR SAEZ, consta en mandato especial otorgado en artículo DECIMO de escritura pública de modificación de la sociedad otorgada con fecha diecisiete de abril del año dos mil diecinueve ante Notario don JOHN GALLARDO GOMEZ, ya individualizado, la que no se inserta por ser conocida del compareciente y del notario que autoriza. Minuta redactada por el Abogado Matías Mundaca Campos.- En Comprobante y previa lectura la otorgan y firman. Se da copia. Doy Fe. Demás estipulaciones en escritura extractada. La Serena, 2 de Marzo de 2021.