Servicios Publicitarios Tanda SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de noviembre de 2020
- Repertorio
- 32025
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ASESORÍAS Y CONSULTORAS EN MARKETING FERNANDO STIPICEVIC E.I.R.L | socio | 76215728-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica: por escritura pública Repertorio Nº 32.025, de fecha 24 de noviembre de 2020, ante mí, don José Patricio Uribe Rojas, C.I. Nº 10.208.168- 4, domiciliado en El Arcángel N° 4.600, departament o 305, Vitacura, Región Metropolitana; y don Fernando Mauricio Stipicevic Vargas, C.I. Nº 9.616.348-7, por sí y en representación de ASESORÍAS Y CONSULTORAS EN MARKETING FERNANDO STIPICEVIC E.I.R.L., RUT 76.215.728-4, ambos domiciliados en Lican Ray N° 6. 766, Vitacura, Región Metropolitana, únicos y actuales accionistas de las sociedades Servicios Publicitarios Tanda SpA, inscrita a fojas 38.755, número 28.811 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2004, e Inversiones Milna SpA, inscrita a fojas 6.026, número 3.263 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2020, quienes acordaron resciliar parcialmente la escritura pública de Transformación, Modificación y División de Sociedad de la sociedad Servicios Publicitarios Tanda SpA, de fecha 26 de diciembre de 2019, otorgada ante Notario Público Juan Ricardo San Martín Urrejola, dejando sin efecto de ella lo siguiente: (i) el aumento de capital de la sociedad Servicios Publicitarios Tanda SpA; (ii) la división de la Servicios Publicitarios Tanda SpA en virtud de la cual se constituyó Inversiones Milna SpA, resciliándose totalmente la constitución de esta sociedad; y (iii) la consecuente disminución de capital de Servicios Publicitarios Tanda SpA, generada producto de su división. Como consecuencia de lo anterior, de la escritura pública de Transformación, Modificación y División de Sociedad de la sociedad Servicios Publicitarios Tanda SpA sólo subsiste la transformación de sociedad de responsabilidad limitada a sociedad por acciones de Servicios Publicitarios Tanda SpA. Producto de la resciliación antes expuesta, los comparecientes modificaron los Artículos Cuarto y Primero Transitorio de los Estatutos Sociales de Servicios Publicitarios Tanda SpA, reemplazándolos con los siguientes: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la Sociedad será la suma de $3.000.000 de pesos y se dividirá en 10.000 acciones nominativas, ordinarias, de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan según la forma indicada en los artículos transitorios.- No será obligatorio para la Sociedad emitir láminas físicas que representen las acciones o constituyan sus títulos, pero podrá siempre hacerlo las veces que así lo estime conveniente o requerido. La calidad de accionista y el número de acciones que cada uno de ellos detente estarán determinados por las anotaciones pertinentes en el Registro de Accionistas, el que se llevará en conformidad a las disposiciones legales aplicables, incluidas las supletorias de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis de Sociedades Anónimas y su Reglamento, con las siguientes particularidades: a) que se complementará con un Libro Auxiliar donde se anotarán cronológicamente los gravámenes y limitaciones al dominio que afecten a las acciones, así como las alteraciones que respecto de tales limitaciones y gravámenes ocurran, teniéndose tales anotaciones como efectuadas íntegramente en el propio Registro de Accionistas por la sola referencia a ellas que en él se haga; y b) que en caso de usufructo las acciones afectas a él seguirán inscritas sólo a nombre de su propietario, con anotación referencial al gravamen, cuyas particularidades se harán constar en la correspondiente anotación en el Libro Auxiliar. Para la constitución de gravámenes sobre las acciones no se requerirá actuación de ministro de fe, bastando que ellas consten por escrito y sean anotadas en el Registro de Accionistas y depositado un ejemplar o una copia del título donde conste dicho gravamen en la Sociedad. La Sociedad podrá adquirir acciones de su propia emisión, las que deberán enajenarse dentro de un plazo máximo de treinta años desde la fecha de su adquisición.-” y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $3.000.000, dividido en 10.000 acciones, nominativas, ordinarias, de igual valor y sin valor nominal, las cuales se suscriben y pagan de la siguiente forma: /A/ don Fernando Mauricio Stipicevic Vargas ha suscrito 9.400 acciones, pagando por ellas la suma de $2.820.000 pesos, los que han sido enterados y pagados con anterioridad a esta fecha e ingresados en caja social; /B/ don José Patricio Uribe Rojas ha suscrito 550 acciones, pagando por ellas la suma de $165.000, los que han sido enterados y pagados con anterioridad a esta fecha e ingresados en caja social; y C) Asesorías y Consultorías en Marketing Fernando Stipicevic E.I.R.L. ha suscrito 50 acciones, pagando por ellas la suma de $15.000, los que han sido enterados y pagados con anterioridad a esta fecha e ingresados en caja social. La Sociedad se da por pagada del monto total de dichos aportes, declarando haber ingresado en caja social a su más íntegra satisfacción.-”; Responsabilidad: Los accionistas son solamente responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad; En todo lo que no se ha modificado por esta escritura pública se mantienen plenamente vigentes los Estatutos Sociales de Servicios Publicitarios Tanda SpA. Otras estipulaciones no son materia de extracto y constan en la Escritura Pública extractada.- Santiago, 07 de Diciembre de 2020.-