Energía Cerro El Morado S.A.
Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $16.000.000 CLP
Objeto social
i) La generación de energía eléctrica, para lo cual podrá desarrollar, construir, financiar, explotar, operar y mantener, en cualquier forma y a cualquier título, ya sea directamente o a través de inversión en otras sociedades nacionales o extranjeras, proyectos de generación, ya sea eólica, solar, hidroeléctrica o de otro tipo, en adelante los “Proyectos”; ii) La ejecución y desarrollo de todas las actividades, que directa o indirectamente digan relación con tales Proyectos; iii) La realización de toda clase de actividades y obras de servicios relacionadas con la generación, producción, compra y venta de energía eléctrica y los Proyectos, así también como, el desarrollo, construcción, implementación, operación, administración y mantenimiento de instalaciones de transmisión o transporte de energía eléctrica; iv) La prestación a terceros, sean personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, incluso de la administración del Estado, de servicios de asesoramiento, gestión y asistencia en todos los aspectos vinculados con el sector energético; v) La prestación de servicios de asistencia y apoyo a sociedades relacionadas, a cuyo efecto podrá prestar, a favor de las mismas, las garantías y fianzas que resulten oportunas; y vi) En general la Sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o conducentes para la realización de del objeto social previsto. Para el desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá: /a) llevar adelante estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para determinar la factibilidad y condiciones geográficas, meteorológicas, técnicas y económicas de los Proyectos; y /b) comprar, vender y comercializar energía eléctrica con clientes libres y)o clientes regulados, a través de contratos de suministros adjudicados ya sea por licitaciones de suministro públicas o privadas, o de cualquier otra forma. Las actividades precedentes señaladas, podrán desarrollarse tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo llevarse a cabro directamente de forma total o parcial por la Sociedad, o bien mediante su participación en toda clase de sociedades, sean nuevas o ya existentes, mediante la adquisición de derechos o acciones en ellas, pudiendo modificarlas y tomas la administración de las mismas, todo con sujeción a la normativa legal que fuere aplicable, y en especial, la que rija al sector energético
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 4 de marzo de 2021, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de Energía Cerro El Morado S.A., celebrada ante mí con la misma fecha, en la que Weg Energía SpA y Fondo de Inversión Weg-4, en su calidad de únicos accionistas de Energía Cerro El Morado S.A., según consta en registro de accionistas que he tenido a la vista, acordaron transformar la Sociedad “Energía Cerro El Morado S.A.” en una sociedad por acciones, cuyos estatutos se extracta: Nombre: “Energía Cerro El Morado SpA”. Objeto: i) La generación de energía eléctrica, para lo cual podrá desarrollar, construir, financiar, explotar, operar y mantener, en cualquier forma y a cualquier título, ya sea directamente o a través de inversión en otras sociedades nacionales o extranjeras, proyectos de generación, ya sea eólica, solar, hidroeléctrica o de otro tipo, en adelante los “Proyectos”; ii) La ejecución y desarrollo de todas las actividades, que directa o indirectamente digan relación con tales Proyectos; iii) La realización de toda clase de actividades y obras de servicios relacionadas con la generación, producción, compra y venta de energía eléctrica y los Proyectos, así también como, el desarrollo, construcción, implementación, operación, administración y mantenimiento de instalaciones de transmisión o transporte de energía eléctrica; iv) La prestación a terceros, sean personas naturales o jurídicas de derecho público o privado, incluso de la administración del Estado, de servicios de asesoramiento, gestión y asistencia en todos los aspectos vinculados con el sector energético; v) La prestación de servicios de asistencia y apoyo a sociedades relacionadas, a cuyo efecto podrá prestar, a favor de las mismas, las garantías y fianzas que resulten oportunas; y vi) En general la Sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o conducentes para la realización de del objeto social previsto. Para el desarrollo de su objeto, la Sociedad podrá: /a/ llevar adelante estudios, mediciones, prospecciones y demás actividades necesarias para determinar la factibilidad y condiciones geográficas, meteorológicas, técnicas y económicas de los Proyectos; y /b/ comprar, vender y comercializar energía eléctrica con clientes libres y/o clientes regulados, a través de contratos de suministros adjudicados ya sea por licitaciones de suministro públicas o privadas, o de cualquier otra forma. Las actividades precedentes señaladas, podrán desarrollarse tanto en Chile como en el extranjero, pudiendo llevarse a cabro directamente de forma total o parcial por la Sociedad, o bien mediante su participación en toda clase de sociedades, sean nuevas o ya existentes, mediante la adquisición de derechos o acciones en ellas, pudiendo modificarlas y tomas la administración de las mismas, todo con sujeción a la normativa legal que fuere aplicable, y en especial, la que rija al sector energético. Capital: el capital social es la suma de $16.000.000.000 dividido en 12.390.785.832 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal. El capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador este extracto para legalización. Santiago, 4 de marzo de 2021.-