Instrumento
- Fecha
- 26 de febrero de 2021
- Repertorio
- 3724-2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- duración de 5 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ninguno de los accionistas manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 1 año al vencimiento del periodo que estuviere vigente
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) la realización de todo tipo de inversiones, por cuenta propia o ajena, en toda clase de activos, bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, títulos de créditos, acciones, bonos, efectos de comercio, debentures, valores de inversión de renta fija o variable, e instrumentos del mercado de capitales en general, y participación en sociedades de cualquier tipo, pudiendo adquirir toda clase de acciones en sociedades anónimas o en comanditas, derechos en sociedades de personas, comunidades, fundaciones, asociaciones y cuentas en participación; b) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración de toda clase de bienes raíces, corretaje u otra forma de explotación de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, pudiendo lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera. Celebrar todos los contratos y actos útiles y necesarios para el objeto indicado, y a cualquier actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con la actividad inmobiliaria; c) La prestación de toda clase de servicios, asesoría y consultorías en todo tipo de materias financiera o administrativas de inversión, a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, vía presencial o remota; d) Asimismo, la Sociedad podrá dedicarse a otros negocios o actividades de cualquier índole relacionadas con lo anterior que los accionistas determinen, tanto en el país como en el extranjero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción sesenta y cinco, segundo piso, Providencia, certifica: Que por escritura pública de fecha 26 de febrero de 2021, repertorio N° 3.724-2021, ante mí, don FRANCISCO JAVIER ARAYA ADELL y don DIEGO IGNACIO ARAYA ADELL, todos domiciliados en Los Linajes N° 1.239, Las Condes, Santiago; constituyeron sociedad por acciones de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “BROTHERS AND PARTNERS SpA”, pudiendo utilizar ante terceros, instituciones públicas y/o privadas, el nombre de fantasía “ByP SpA” o “B&P SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) la realización de todo tipo de inversiones, por cuenta propia o ajena, en toda clase de activos, bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, títulos de créditos, acciones, bonos, efectos de comercio, debentures, valores de inversión de renta fija o variable, e instrumentos del mercado de capitales en general, y participación en sociedades de cualquier tipo, pudiendo adquirir toda clase de acciones en sociedades anónimas o en comanditas, derechos en sociedades de personas, comunidades, fundaciones, asociaciones y cuentas en participación; b) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración de toda clase de bienes raíces, corretaje u otra forma de explotación de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena, pudiendo lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera. Celebrar todos los contratos y actos útiles y necesarios para el objeto indicado, y a cualquier actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con la actividad inmobiliaria; c) La prestación de toda clase de servicios, asesoría y consultorías en todo tipo de materias financiera o administrativas de inversión, a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, vía presencial o remota; d) Asimismo, la Sociedad podrá dedicarse a otros negocios o actividades de cualquier índole relacionadas con lo anterior que los accionistas determinen, tanto en el país como en el extranjero. Capital: $2.000.000, dividido en 2.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, que se suscribe, aporta y paga por los accionistas de la siguiente manera: i) don Francisco Javier Araya Adell suscribe 1.000.000 de acciones, por un valor total de $1.000.000 de pesos, que se pagan en este acto, en dinero efectivo, ingresando dicha cantidad a la caja social; ii) don Diego Ignacio Araya Adell suscribe 1.000.000 de acciones, por un valor total de $1.000.000 de pesos, que se pagan en este acto, en dinero efectivo, ingresando dicha cantidad a la caja social. Administración y uso de razón social: corresponde a don Francisco Javier Araya Adell y a don Diego Ignacio Araya Adell, quienes actuando de forma separada e indistintamente estarán premunidos de las facultades indicadas en escritura extractada. Duración: duración de 5 años a contar desde esta fecha, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, si ninguno de los accionistas manifestare su intención contraria mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 1 año al vencimiento del periodo que estuviere vigente. Domicilio: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 26 de febrero de 2021. Andrés Felipe Rieutord Alvarado, Notario Público.