CONSTRUCTORA SANTA CATALINA SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de febrero de 2021
- Notario
- Jessica Lorena Aguilera Tapia
- Oficio
- Cuarta Notaria de Los Ángeles
- Comuna
- Los Ángeles
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJessica Lorena Aguilera Tapia, Notario Público de la Cuarta Notaria de Los Ángeles, suplente del titular don Juan Mauricio Araneda Medina, Caupolicán 355, Los Ángeles; Certifico: Por escritura pública, Rep. 874-2021, hoy ante mí: don JUAN PABLO SALVADOR NAZAL LAZARO, céd. de id. Nº 7.118.204-5 domiciliado en Lautaro 267, of.23, Los Ángeles, redujo escritura publica la TERCERA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS. CONSTRUCTORA SANTA CATALINA SpA., realizada con fecha 18 de febrero de 2021, sociedad constituida por escritura pública firmada con fecha 3 de noviembre de 2017, ante el notario publico de Los Ángeles don Cesar Espinoza Gutiérrez, suplente del titular don Juan Mauricio Araneda Medina, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles a fojas 1303 Nº 609 del año 2017 y publicado en el diario oficial de fecha 15.11.2017 en su edición 41.908, siendo su rol único tributario 76.813.101-5. Constituida con un capital de $5.000.000. Asisten el Accionista de la compañía, doña PATRICIA ALEJANDRA MONTOYA ALVAREZ, en su calidad de única accionista de la compañía, quien manifiesta que encontrándose presentes en la junta el 100% de las acciones de la sociedad, ésta se lleva a cabo de conformidad con el artículo sesenta de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas. Citados para objeto de autorizar las siguientes modificaciones de su escritura constitutiva,: a.- el artículo segundo que se refiere al nombre de la sociedad; b.- el artículo tercero que se refiere al objeto y c.- el articulo undécimo que se refiere a la administración social, el accionista presente in pectore someta a votación estas modificaciones, por lo que se somete a aprobación lo que es aprobado por unanimidad de los accionistas de la compañía. De acuerdo a lo anterior el gerente informa que la cláusula segunda quedara de la siguiente manera: SEGUNDO: ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD “COMERCIALIZADORA DE MATERIALES EL FERRETERO SpA”.- El nombre o razón social de la sociedad es “COMERCIALIZADORA DE MATERIALES EL FERRETERO SpA”, no obstante podrá usar, incluso ante bancos y demás instituciones el nombre “EL FERRETERO SpA”, el artículo tercero quedara de la siguiente forma: TERCERO: El objeto de la sociedad será: A.- El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Construcción e Ingeniería, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; compra, venta, enajenación de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; B.- la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; C.- la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Construcción e Ingeniería, y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad, pudiendo participar como constructores de viviendas sociales tanto del Ministerio de urbanismo o de contratistas del mismo, pudiendo registrarse como contratistas del Ministerio de la Vivienda y o de la Cámara Chilena de la Construcción. D.- La importación, distribución y comercialización en mercados nacionales o extranjeros, al por mayor o al detalle de todo tipo de productos, maquinarias, herramientas y utensilios destinados a la construcción y en especial la explotación del rubro ferretería o mercería en su más amplia acepción, tanto por cuenta propia u ajena en locales propios u ajenos con personal dependiente o subcontratando.-E.- la importación, compra, venta y o distribución, al por mayor o al minoreo de artículos de bazar, librería, bisutería, fotocopias ya sean estos productos propios o en consignación. Y C.- el articulo undécimo queda como se señala a continuación: UNDECIMO: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a doña PATRICIA ALEJANDRA MONTOYA ALVAREZ, chilena, empresaria, cédula nacional de identidad número dieciocho millones ochocientos cuatro mil seiscientos doce guion seis, soltera, domiciliada para estos efectos en Avenida Latorre numero ciento veintisiete, Los Ángeles, por si sola o a través de mandatario especialmente designado al afecto, administra con facultadas indicadas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Los Ángeles, 23 de febrero de 2021.-