ASESORÍAS LEGALES CLAUDIO ILLANES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de febrero de 2021
- Notario
- GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
- Oficio
- Titular de la Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago, VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en Agustinas número 1235, Segundo Piso, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 03 de febrero de 2021, ante mí, doña FRANCISCA MERCEDES GARCÍA-HUIDOBRO GARCÉS, domiciliada en calle El Litre 1020, departamento 80, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; doña FRANCISCA ADRIANA ILLANES GARCÍA-HUIDOBRO, domiciliada en calle Fray Bentos 6055, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; doña PAULA ILLANES GARCÍA-HUIDOBRO, domiciliada en calle El Ciruelillo 4000, departamento 58, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; doña CONSTANZA ILLANES GARCÍA-HUIDOBRO, domiciliada en calle Los Monjes 12048, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y doña MARCELA ILLANES GARCÍA-HUIDOBRO, domiciliada en Pasaje Alejandra 10477, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; celebraron “Da Cuenta de Hecho que Indica y Modificación de Sociedad ASESORÍAS LEGALES CLAUDIO ILLANES LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 18.610 número 15.310 Reg. Com. CBR Stgo. año 2002, y acordaron: I. Dar cuenta del fallecimiento del socio don CLAUDIO JOSÉ MANUEL ILLANES RÍOS, y de la posterior liquidación parcial de la comunidad hereditaria quedada a su fallecimiento, en virtud de la cual se adjudicaron los derechos sociales de los que era dueño. II. Modificar la cláusula tercera, relativa a la administración de la sociedad, y la cláusula cuarta, relativa al capital social, ambas de los estatutos sociales, reemplazándolas por las del siguiente tenor extractado: TERCERO.- La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán exclusivamente a través de doña FRANCISCA MERCEDES GARCÍA-HUIDOBRO GARCÉS, quien actuando en nombre y representación de la sociedad, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades descritas en escritura extractada. En caso de ausencia, impedimento o fallecimiento de doña FRANCISCA MERCEDES GARCÍA-HUIDOBRO GARCÉS, circunstancias que no será necesario acreditar frente a terceros, los socios ejercerán la administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social a través de doña FRANCISCA ADRIANA ILLANES GARCÍA-HUIDOBRO, doña PAULA ILLANES GARCÍA-HUIDOBRO, doña CONSTANZA ILLANES GARCÍA-HUIDOBRO y doña MARCELA ILLANES GARCÍA-HUIDOBRO, quienes actuando conjuntamente al menos tres cualesquiera de ellas, en nombre y representación de la sociedad, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en escritura extractada. CUARTO.- El capital social es la suma única y total de $10.000.000, que los socios han aportado y pagado íntegramente en caja social con anterioridad fecha escritura extractada, en la siguiente forma y proporciones: (a) FRANCISCA MERCEDES GARCÍA-HUIDOBRO GARCÉS, con la suma de $5.000.000, equivalente al 50% del capital social; (b) FRANCISCA ADRIANA ILLANES GARCÍA-HUIDOBRO, con la suma de $1.250.000, equivalentes al 12,5% del capital social; (c) PAULA ILLANES GARCÍA-HUIDOBRO, con la suma de $1.250.000, equivalentes al 12,5% del capital social; (d) CONSTANZA ILLANES GARCÍA-HUIDOBRO, con la suma de $1.250.000, equivalentes al 12,5% del capital social; y (e) MARCELA ILLANES GARCÍA-HUIDOBRO, con la suma de $1.250.000, equivalentes al 12,5% del capital social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de febrero de 2021.