Inversiones y Rentas Dakar SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de agosto de 2020
- Repertorio
- 9312-2020
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular de la 27ª Notaria de Santiago, con oficio en Orrego Luco N° 0153, Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada hoy ante mí, comparece: don JORGE MESSEN CONCHA, con domicilio en Rosario Norte N°100, Oficina 402, Las Condes, Santiago en representación de RICARDO JACOBO GLUCKSMANN MEISSNER, Y CLAUDIA SILVANA PINTO LOWE, en su calidad de socios de INVERSIONES Y RENTAS DAKAR SpA, sociedad inscrita a fojas 97.592, número 53.625 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2016; y DANIELA JOANNA GLUCKSMANN PINTO, ALEJANDRO GLUCKSMANN PINTO y KATIA ALEXANDRA GLUCKSMANN PINTO en su calidad de únicos socios de ASESORIAS PRAGA SpA, sociedad inscrita a fojas 40.232, número 27.783 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2009, todos domiciliados para estos efectos en calle Galvarino Gallardo N° 1.556, Piso 2, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; mandatario debidamente facultado, quien conforme a la Ley número 19.499, viene en sanear en cuanto a la inscripción y publicación de extracto extemporánea de la “MODIFICACIÓN SOCIAL Y FUSIÓN DE INVERSIONES Y RENTAS DAKAR SPA Y ASESORIAS PRAGA SPA”, celebrada por escritura pública de fecha 18 de agosto de 2020, Repertorio Nº 9312-2020, otorgada en esta misma Notaría, domiciliada en Orrego Luco 0153, Providencia; Un extracto de esta escritura de modificación y disolución de Inversiones y Rentas Dakar SpA se inscribió tardíamente a fojas 78.474 número 37581 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020 y publicado extemporáneamente con fecha 28 de noviembre de 2020. Conforme a lo expuesto y a las disposiciones de la Ley 19.499, el compareciente viene en sanear el vicio formal que adolece la referida escritura esto es, la inscripción y publicación extemporánea de su extracto, solicitando que un extracto de la escritura de saneamiento sea inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y debidamente publicado en el Diario Oficial. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 26 de febrero de 2021.-